La acción de amparo fue interpuesta por Defensa Pública para descongestionar destacamento de la Onceava Compañía del municipio de Mao por estado de hacinamiento.
En fecha 8/12/2020 la Sala Unipersonal del Distrito Judicial de Valverde acogió mediante sentencia No. 406-2020-SSEN-00003 la acción de amparo interpuesta por la Lcda. Sheila Mabel Thomas, Defensora Pública del municipio de Mao, en representación de los privados de libertad del destacamento de la Onceava Compañía del municipio de Mao.
En la referida decisión el tribunal ordenó en su ordinal “segundo: En cuanto al fondo, ordena a la Procuraduría General de la República, Procuraduría Fiscal de Valverde y su titular Lcdo. Nelson Rodríguez, tomar las medidas necesarias, a los fines de descongestionar el destacamento hasta eliminar el estado de hacinamiento que ahí se vive.
La decisión judicial incluye el traslado de los presos preventivos con medida de coerción, proveer alimentos básicos a los detenidos, así como los insumos necesarios para el aseo personal, y de las instalaciones y dotar de ajuares tales como cama o colchones, lavamanos entre otros”.
TC rechaza apelación
No de acuerdo con la decisión, la Procuraduría Fiscal de Valverde recurrió al Tribunal Constitucional Dominicano y también solicitó la suspensión de la referida sentencia, ya que se le ordenaba un astreinte de $5,000.00 pesos por cada día que se incumpla la decisión.
El Tribunal Constitucional Dominicano (TC) en fecha 27/01/22 notificó a la defensa Pública del municipio de Mao, la sentencia No. 426/2021 de fecha 24/11/2021 en donde rechaza la solicitud de suspensión de ejecución del amparo realizada por el ministerio público
El TC ordena que a partir de la notificación de la presente sentencia, la Procuraduría Fiscal de Valverde debe realizar lo ordenado por la Sala Unipersonal del Distrito Judicial de Valverde, es decir, el traslado de los privados de libertad que tengan medidas de coerción a centros penitenciarios del país.