El día del libro se celebra cada 23 de abril en honor a Cervantes, Shakespeare, etc., conjunta y separadamente, se llevan a cabo ferias del libro en varios países y, a la vez, el 25 de abril, ha sido bautizado por Naciones Unidas como el día de la Propiedad Intelectual. Esas fechas, además de celebrar la ocasión con diversas actividades relacionadas con la propiedad intelectual, buscan sensibilizar sobre la necesidad de que el intelecto humano, se cultive. Pero, sobre todo, la ocasión es propicia para pasar balance a la gestión del país en la materia. Si bien desde el punto de vista de los dibujos, los signos distintivos, las marcas de fábricas y los nombres comerciales, el país realiza una buena gestión desde que la ONAPI fue convertida hace ya varios años, en un órgano acorde con su objeto, la verdad es que el derecho de autor y los derechos conexos no pueden decir lo mismo. La nación acusa un agudo retraso en cuanto a la gestión de dicho sector dentro de la propiedad intelectual.
ONAPI no requiere siquiera de gerencia allí las cosas marchan tan bien, que cualquiera puede estar al frente de dicho órgano porque, como se dice vulgarmente, este camina solo. No es el caso, para nada de la Oficina de Derecho de Autor (ONDA), esta oficina tiene labores y funciones más complejas, más enjundiosas, por tanto, requieren cierto Know how, de parte de quien esté al frente. El presente gobierno cometió la torpeza de equivocarse con esta oficina y derrumbó la planificación que allí venía desarrollándose para colocar dicha oficina a la altura de los tiempos. Ahora, la nación pasa por la triste experiencia de volver a convertir en unifuncional dicha oficina. Así, cuando llegan fechas como las que ahora conmemoramos y celebramos los cráteres similares a los de la luna que ahí existen son más que visibles, risibles y lamentables.
Una de las aristas que ocupan y justifican la existencia de ONDA, es la supervisión, la vigilancia y el control de la gestión colectiva de derecho de autor y derechos conexos, en su doble vertiente, primero, en lo relacionado con la vida interna de las sociedades de gestión y, segundo, como garante de que los usuarios como los destinatarios de las recaudaciones que realizan estas sociedades no vayan a parar a bolsillos ajenos, por inobservancia de las reglas o simples desfalcos: pues vaya usted a saber. Resulta que ONDA ha expresado que no tiene capacidad de supervisión y vigilancia, sino que la gestión colectiva es puro negocio privado que no incluye al Estado. Es decir, los pensantes de ONDA, no entienden siquiera el primer artículo de la Ley 65-00 y sus modificaciones, mucho menos podrán entender entonces el resto de su contenido. Esto es cuando se dice que dicha ley es de interés social, imperativa y de orden público, se dice mucho para un buen entendedor o se deja anonadado a cualquier profano.
Si nos vamos a concepciones ligadas al derecho societario, se observará que la noción de sociedades de gestión colectiva de derecho de autor no encaja dentro de las sociedades civiles detalladas en el Código Civil, pero tampoco dentro de la categoría de sociedades comerciales de que nos habla la ley 479-08, como tampoco encuadran en las sociedades sin fines de lucro de que nos habla la Ley 122-05. Así las cosas, resulta obvio que estamos ante una especie especial de sociedad que, a lo sumo, podría ser cercana a la ley 127-64 mejor conocida como ley de sociedades cooperativas. Estas solas reflexiones, sin entrar en más detalles por el espacio de que disponemos en esta columna, invita a cualquier curioso a saber que las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor, no son propiedad, ni por asomo, de los directivos de las mismas sino que, por el contrario, el legislador ha dispuesto que el Estado vigile, supervise y controle los fondos de los autores, compositores y editores de música; de los interpretes y ejecutantes, de los actores y de las actrices (no de los comediantes que son otro género, ni de los músicos), sino de estos creadores. Es más, cuando la ley expresa que solo admite una única sociedad de gestión colectiva de derecho de autor y derechos conexos, está aseverando que no puede haber lugar a exclusiones, a que unos queden dentro y otros fuera, a menos que lo hagan por voluntad propia, porque no deseen asociarse porque tienen capacidad para gestionar de manera individual sus derechos. Porque nadie queda obligado a asociarse, es un acto voluntario; como tampoco se puede excluir a nadie. Como van las cosas, en todas las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y de derechos conexos existentes, los excluidos serán más que los incluidos. Es precisamente para evitar esta situación que existe ONDA, para armonizar intereses con base a lo que en OMPI se conoce como arbitraje, conciliación y amigable componedor pero que los doctos de ONDA afirman que, en materia de derecho de autor no existen medios alternativos de solución de conflictos que, eso debe ir a los tribunales, sin observar que con tal afirmación se están descalificando, pues ¡para que entonces existe ONDA? El resultado de esta genialidad, es que los tribunales se encuentran atestados de demandas, de reclamos de querellas. Porque como en sede administrativa no se resuelve nada, queda entonces la vía recursiva como única salida. Algo lamentable poque los derechos económicos se caracterizan por su sutileza, flexibilidad y capacidad de negociación, claro, no en la presente gestión de ONDA, donde los conflictos crecen como la verdolaga.
Pero lo más grave de todo, es que tampoco existe capacidad gerencial para asumir compromisos internacionales como los acuerdos de Marrakech y el acuerdo de Beijing. Ahora que hablamos de feria del libro, usted no encuentra un solo estand destinado a que los humanos en condiciones especiales puedan acceder a obras de derecho de autor literarias o artísticas, ni a obras audiovisuales; tampoco encontrará que se ha dado seguimiento para que las bibliotecas publicas y privadas del país, de universidades, colegios y escuelas, tengan previsiones al respecto. Es decir, el país se encuentra en un limbo total. En materia de incorporación de nuevos consumidores de obras intelectuales y artísticas simplemente porque la gestión actual no tiene capacidad gerencial para gestionar ayuda internacional al respecto, ni para que la buena disposición de bibliotecas, museos y centros de investigación científicas pongan a disposiciones de los humanos especiales, estos lugares. Estamos en un oscurantismo peor al que existió en la Baja Edad Media.
En materia audiovisual, no se observa que, por ejemplo, la dicha oficina, supervise, vigile y exija el lenguaje por seña. Esto también ha quedado dentro de lo que la ONDA ACTUAL, denomina, iniciativa privada.
ONDA ignora, no solo el significado conceptual de la expresión industria naranja, es que tampoco comprende el significado semántico de dicha expresión entonces mucho menos podrá elaborar y poner en práctica políticas públicas al respecto. La posición le ha quedado grande porque, también han olvidado, el impacto positivo que dicha industria ejerce en la sociedad actual. ¿Como llegaremos, como asimilaremos la inteligencia artificial cuando hoy en día tenemos producción de obras desde la robótica y a creadores, con derecho de autor no humanos?
En fin, unas fechas interesantes han llegado en una época post pandemia que invita a hacer uso de todas las tecnologías, de toda la creatividad que la pandemia misma ha puesto en nuestras manos pero que una gestión fuera de tiempo está mal gastando por pura inobservancia de la norma. DLH-25-4-2022