Defensa Pública denuncia que el interno fallecido estaba a la espera de su libertad.
Santo Domingo.-La Comisión de Cárceles de la Defensa Pública presentó un informe a la Procuraduría General de la República y al Director de Servicios Penitenciarios y Correccionales, relativo al fallecimiento el martes 31 de mayo del corriente año 2022, del interno de nombre Luis Erasmo Rodríguez Feliz, el cual guardaba prisión en la cárcel La Victoria.
De acuerdo a un comunicado de la referida oficina, el interno había sido condenado en fecha 19/4/22 a una pena de 30 días de prisión correccional, con la agravante de que el mismo estaba guardando prisión desde el 02/06/2020 (desde hace dos años).
Indica el texto que la sentencia de condena Rodríguez Feliz fue notificada el día viernes 13 de mayo, y la defensora pública asignada al caso aún sin vencer el plazo de apelación el día 19/5/2022 procede a solicitar a la Jueza de la Ejecución de la Pena La Libertad Por Pena Cumplida.
Detalla que tanto la Magistrada de Ejecución, Mercedes Sena, como la Defensa Pública, en innumerables ocasiones trataron de contactar al Ministerio Público, a ver si este emitía una certificación en donde renuncia al plazo de recurrir en apelación, ya que dicho interno debía dializarse frecuentemente, por lo que siendo un interno con una pena ventajosamente vencida estaba muy enfermo y había que agilizar su salida del centro.
Sostiene que las situaciones antes descritas dejan claro que hubo una dejadez en las actuaciones de la fiscalía en la persona del Lcdo. Ignacio Rojas, y una evidente falta de humanidad, frente a un proceso en donde el Estado le había fallado a ese ciudadano, que no obstante estar privado de su libertad hace dos años, finalmente se condena a 30 días.
Las preguntas que se hace la Oficina de Defensa Pública, es ¿Quién le devuelve esos dos años que pasó en prisión sin ser juzgado?, pero ¿Quién le devuelve la oportunidad de morir dignamente al lado de sus familiares?
Por otro lado, explica la Oficina, estamos en la obligación de denunciar la falta de asistencia médica durante su privación de libertad, lo cual se evidencia en un video que anda circulando en las redes respecto a la forma en que este ser humano aclamaba ser atendido, lo cual es una violación del derecho a la salud que contempla nuestra Constitución así como la ley 13-21.
Por último, señala Defensa Pública, es conocido por todos los litigantes de dicha jurisdicción, que la burocracia que se lleva, afecta considerablemente el accionar de los defensores, quienes hacen todo lo legal y humanamente posible, en pro de gestionar las libertades de los internos.
Cabe destacar, recuerda, que existen acuerdos con las fiscalías de emitir su renuncia al plazo para viabilizar la libertad de los imputados, máxime en un caso de prisión cumplida y con la particularidad de que ya tenía dos años en prisión y finalmente su condena fue de 30 días.