La Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren) someterá granja porcina por contaminación en Jamao y por otro lado sometió a la justicia a dos hombres por captura y muerte de tiburón blanco en Nizao.
En Jamao provincia, Espaillat Proedemaren informó que reanudará la persecución penal en contra del empresario productor de carne de cerdo y dueño de una granja en Jamao, Luis Manuel Brache Guzmán y de su empresa Granja Proyecto LB, por incumplimiento de acta compromiso para corregir y descontinuar prácticas contaminantes.
“Acorde a como establece el artículo 37 del Código Procesal Penal, una vez haya el acuerdo y no se haya cumplido, el proceso va a continuar como si no se hubiera pactado nada”, explicó Milagros García Grullón, procuradora fiscal de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Espaillat.
La representante del órgano de la acusación indicó que, aunque la empresa ha procurado dar la apariencia de acatar las medidas de saneamiento establecidas, se han producido denuncias con evidencias de lo contrario.
Indicó, además, que la violación de los requisitos establecidos ha sido documentada por un nuevo informe técnico, emitido por el Ministerio de Medio Ambiente, que ratifica las indicaciones de origen.
La Proedemaren especificó que ha recibido de denuncias comunitarias y de organizaciones que luchan por la preservación del medio ambiente en dicha localidad.
En consecuencia dijo que tras haber ejecutado tres allanamientos al lugar y los correspondientes informes técnicos, el Ministerio Público conminó a Brache Guzmán a la firma de un acta compromiso, a fin de que acatara las indicaciones de detener la contaminación de las fuentes de agua del lugar y de las laderas de la montaña donde se ubica su Proyecto LB, una extensión de cuatro mil tareas de tierra.
De manera específica, en el acta de fecha 17 de mayo de 2019, el empresario se comprometía a la eliminación de todas las tuberías que drenan agua por debajo de la laguna de descarga, además de realizar operativos de limpieza y recogidas de plásticos y materiales peligrosos.
Asimismo, construir una cámara de descomposición de material orgánico, que incluye restos de cerdos sacrificados y placentas de hembras paridoras.
Durante las inspecciones de entonces, esta área especializada del Ministerio Público también detectó manejo inadecuado de materiales como jeringas y frascos de productos.
Debido al alto impacto de estas prácticas en el entorno y en las comunidades circundantes, parte del acuerdo incluía que la granja gestionara ante el Ministerio de Medio Ambiente la asignación de una empresa prestadora de servicios de medición de la calidad de aguas residuales salientes del proceso biodigestor hacia la cañada.
Someten dos hombres por muerte de tiburón blanco en Nizao
Por otro lado en Nizao, provincia Peravia, Proedemaren solicitó medidas de coerción en contra de Julio César Valdez y Obispo Madé quienes capturaron y dieron muerte a un tiburón blanco, utilizando el método de chinchorro.
Ambos individuos fueron sorprendidos y detenidos en flagrante delito en la playa de Nizao, tras cometer la acción que está prohibida y sancionada en la Ley 64-00, de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El organismo especializado del Ministerio Público, especificó que los hombres fueron puestos en arresto por miembros del Servicio Nacional de Protección Ambiental (Senpa).
Por esta acción, que se produjo este 7 de julio, el Ministerio Público ha solicitado la imposición de una garantía económica de 50 mil pesos en efectivo para cada uno y presentación periódica ante un fiscal, explicó Rigoberto Santana del Rosario, procurador adscrito a la Proedemaren en San Cristóbal.
El hecho ha recibido la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 18, 174, 175.1 y 183 de la Ley 64-00.
Infringe, además, las disposiciones de los artículos 14, 15, 77 y 80 (literales A, B y C) de la Ley 307-04, que crea el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura y que limita el uso de chinchorros o redes de arrastre, así como la Ley Sectorial de Biodiversidad (333-15).