Wilkin García Peguero (Mantequilla) bajo cargos de estafa y amenaza de muerte.
MONTE PLATA (República Dominicana).- El Ministerio Público solicitó a la Oficina de la Atención Permanente de esa jurisdicción imponer un año de prisión preventiva, como medida de coerción, contra Wilkin García Peguero (Mantequilla) bajo cargos de estafa y amenaza de muerte.
La instancia, presentada por Ramona Santana Uceta, fiscal titular interina de Monte Plata, y los fiscales Yalitza Maralay Martínez Acosta, Félix T. Heredia Heredia y Ángela Contreras Albuez, establece que García Peguero incurrió en la violación de los citados hechos previstos y sancionados de conformidad a la calificación jurídica provisional de 307 y 405 del Código Penal Dominicano.
El Ministerio Público plantea, bajo la más amplia reserva de Derecho, que, “en cuanto a la compañía 3.14 inversiones World Wide, solicitamos medida de coerción real establecida en el artículo 243 del Código Procesal Penal, consistente en la suspensión de las operaciones comerciales que realiza hasta tanto se culmine con la investigación”.
- La fiscalía que encabeza Santana Uceta adelantó que recibió querellas y denuncias de unas 35 víctimas afectadas con más de 20 millones de pesos que aportaron al imputado y a su compañía no regulada por el sistema financiero, con la promesa de que tendrían amplios réditos.
El Ministerio Público gestionó, el 9 de noviembre, la orden de arresto contra García Peguero. En respuesta, Carmen Daniela Araujo, juez titular de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Monte Plata, emitió la orden núm. 668-2022-SAJP-01389 contra el imputado que luego fue arrestado en el Distrito Nacional por agentes de la Policía.
García Peguero captó millones de pesos a través de una empresa no regulada denominada 3.14 Inversiones World Wide, que operó en un local comercial y en una residencia del municipio Sabana Grande de Boyá, y sobre la que las autoridades financieras advirtieron a la población de que se trataba de un negocio piramidal.