El presidencialismo es una creación del régimen democrático de Estados Unidos que, se ha extendido a Latinoamérica.
La turbulencia política en el Perú, es vista como un desconcierto democrático, es decir, se teme que la destitución de seis presidentes en seis años, sea un síntoma de que la democracia se debilita en el país andino, cuando en verdad, está ocurriendo todo lo contrario.
El tema merece ser analizado a profundidad y, para esto, es menester, hacer uso de la doctrina del neoconstitucionalismo y de la ciencia que le suministra el o los métodos que se emplean, me refiero a la ciencia política. Porque Si lo que acontece en Perú estuviere pasando en cualquiera de los países de democracia parlamentaria de Europa, todo mundo lo vería de manera natural porque, en el régimen parlamentario, si bien existe bajo la modalidad de monarquía constitucional un jefe de estado vitalicio, no menos cierto es que los jefes de gobiernos, son en todo momento, removibles de sus cargos; en cambio, allí donde solo existe parlamentarismo a secas, los jefes de estados corren la misma suerte que los jefes de gobiernos. En cambio, en el presidencialismo de América estamos acostumbrados a ver como una catástrofe, la remoción del presidente de la república, quien, por demás, es en una misma persona, jefe de Estado y jefe de gobierno.
El presidencialismo es una creación del régimen democrático de Estados Unidos que, se ha extendido a Latinoamerica. La forma conocida de remoción de los presidentes ha sido la manigua y los golpes de Estado, pero estas son formas no institucionales de remoción,consecuencia de que los presidentes, aspiraban a ser vitalicios burlando el Estado de derecho o, porque sus opositores los echaban del poder por vías no electorales, ni legítimas. Ahora Latinoamerica y, el propio EEUU, estánencausando presidentes que violan las bases del Estado de derecho. Ocurre, por ejemplo, con el caso de Donald Trump que, actualmente, se conoce en EEUU. En Latinoamerica, aunque se ha acuñado el término de “poder blando, de golpe blando, etc., la realidad es que, se trata de presidentes que han burlado la confianza de sus electores lo que les ha hecho caer en estado de ilegitimidad.
Aquí no nos referiremos a la otra vertiente del problema, que son las denominadas sentencias lawfare, concepto desarrollado por Raúl Zafaroni, para referirse a la supuesta persecución mediático-judicial de lideres políticos que el colonialismo financiero emplea para neutralizar los movimientos nacionales en su guerra híbrida contra Estados de derecho y sus democracias. No nos detendremos, no solo por falta de espacio, sino porque el señor Zafaroni cae en subjetividades que escapan al propósito de los presentes comentarios. Al caracterizar sentencias que denomina lawfare, cuando, por ejemplo, en la República Dominicana, la sociedad trata afanosamente por llegar a tener sentencias contra corruptos y corruptores y los jueces no son capaces de condenar a corruptos bajo el sofisma de insuficiencia probatoria. Es decir, en abierto desafío a la teoría de la inversión de la carga probatoria que la constitución dominicana contiene para evitarle trabajo al juez honesto. En Perú, el concepto de vacancia es una figura que sobre la base de los trabajos de investigación de filosofía política y constitucionalismo, desarrolló Carlos Nino, con el objeto de acercar al derecho continental, al peso de la moral sobre el derecho positivo de los anglosajones, lo que se traduce, no en la inversión de la carga de la prueba, sino en la prueba de una tacha moral. Tesis que, sin duda, resuelve el problema que representa la siempre presente insuficiencia probatoria y hace innecesaria la inversión de la carga de la prueba.
Llegado a este punto, es donde se inicia en América la discusión que hace cien años sostuvieron Carl Schmitt y Hans Kelsen, la cual, tenía por base, precisamente, si podía existir un legislador negativo o Tribunal Constitucional y, si aquellos que habían llegado a posiciones con base a la legitimidad del legislador negativo, podían echar del poder a quienes habían llegado por voto popular. Carl Schmitt sostenía que quienes habían llegado por voto popular solo podían ser removidos por el elector; en cambio, Hans Kelsen sostuvo que era preferible y más beneficioso para el sistema democrático que lo hicieran los escogidos mediante votación negativa: Kelsen mantenía que el peligro de la voluntad popular era que podía derivar en un poder absoluto que, a la postre podía poner en peligro la democracia; Schmitt, defendió que contra la voluntad popular no podría haber legitimidad. Políticamente, estas posiciones doctrinales constituyeron defensas de la democracia y defensa del fascismo.
Ahora, América discute lo mismo, no sobre la base del parlamentarismo, sino sobre la base del presidencialismo. Por tanto, si Europa fue capaz de llegar a formas de democracia constitucional atenuadas o no radicales desde el parlamentarismo; América está transitando el mismo camino, pero, desde base presidencialista. Brasil es prueba de ello ahora y ya Bolivia transitó un camino parecido. Lo importante es que, los extremos, no se impongan, que se permita a las instituciones actuar. Como se sabe, en Perú,hubo golpes de Estado y contra golpe. Como observara Tocqueville, EEUU logró imponer el principio de igualdad de oportunidades como base de su democracia; Latinoamerica está tratando de consolidar su democracia con base a la inclusión de los pueblos originarios, de los negros, de los pobres, de las mujeres, etc. Este proceso en marcha presenta matices, pero esos matices no son más que partes de un todo llamado principio de igualdad, de inclusión social.
Se sabe que, si bien EEUU o, mejor dicho, el mundo anglosajón, logró afianzar la democracia sobre negociaciones desde sus instituciones, el resto de Europa, lo hizo bajo posiciones radicales. Latinoamerica, al parecer, ha decidido, producto de la americanización de la política y el derecho, transitar el camino de la negociación institucional, lo que no impide que haya sobre saltos como los de la Bolivia de Evo Morales, la Venezuela de Hugo Chávez, la Colombia de Petro, el Brasil de Lula y Dilma, o el Salvador de Bukele. Por solo citar algunos procesos en marcha.
Si se ha decidido luchar por la democracia, se debe luchar por sus instituciones; los radicalismos o extremos de derecha e izquierda deben ser superados por posturas intermedias que permitan el cambio en dialogo; como se sabe, si en Suramérica el principal flagelo es la exclusión de los pueblos originarios, como lo fue ayer el militarismo, este no es el único problema, también están problemas como consolidar la débil administración de justicia y enfrentar la corrupciónque, se constituye en otro problema primario a superar. La verdad es que el Perú está transitando a la vez, todos estos caminos. No sin trauma, pero a la larga, es de esperarse que la fortaleza del neoconstitucionalismo, el cual está multiplicando la doctrina constitucional peruana y ampliando el constitucionalismo Latinoamericano, se imponga hasta que se pueda ver como un cambio no traumático, la vacancia de aquel presidente que se aparte de las reglas constitucionalmente consagradas o de la oferta electoral que haya hecho al electorado. Ciertamente, los poderes facticos del sector privado como del sector público, constituyen la mayor amenaza contra su propio sistema. Es una conspiración desde dentro, sin embargo, nos parece que el constitucionalismo peruano sabrá imponerse. De no hacer, se impondrán los poderes salvajes, enemigos primarios del constitucionalismo. Obvio, la lucha se plantea como una lucha entre liberalismo y populismo. Clasificación que denota el carácter conservador de los críticos del denominado populismo penal, pues son duros con los de abajo y débiles frente a los oligarcas.
La oligárquica peruana cuenta con aliados externos, sin embargo, el progresismo político de la región junto a la doctrina del neoconstitucionalismo, terminará por imponer sus criterios que no es otro más que la consolidación de un Estado constitucional de derecho, donde el presidencialismo no sea un monarca sin corona, ni tenga como acorazado a la doctrina Hipólito sino que quedará obligado a cumplir y hacer cumplir la constitución y la ley. Queda suelto solo el tema de si los legisladores negativos pueden revocar la voluntad popular todas las veces en que no les cuadre un gobierno popular o populistas. DLH-11-01-2023