La fiscal Mirna Ortiz destacó las evidentes contradicciones en la sentencia emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional
SANTO DOMINGO (República Dominicana).-La procuradora de corte Mirna Ortiz señaló este lunes que, con la sustentación presentada por el Ministerio Público en el recurso de apelación, la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocará la sentencia de primera instancia en el caso Odebrecht y condenará a los imputados Víctor Díaz Rúa y Conrado Pittaluga Arzeno.
“A nuestro entender, la corte lo que debe es, con los hechos fijados en la acusación y el aporte realizado en el recurso, abocarse a dar su propia sentencia; para nosotros es la condena de ambos imputados, Víctor Díaz Rúa y Conrado Pittaluga”, dijo la coordinadora de Litigación de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), al hablar con la prensa a su salida de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Contradicción en la sentencia
“Tal y como expusimos en el recurso que acabamos de presentar, uno de los principales motivos para que esta corte acoja la revocación parcial de la decisión es la contradicción que existe entre la sentencia”, precisó Ortiz, quien estuvo acompañada en la audiencia por los fiscales José Miguel Marmolejos y Nancy Guerrero Zapata.
Sobre las contradicciones cometidas por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional en su decisión respecto a este caso y que han sido señaladas en el recurso presentado por el Ministerio Público, indicó que “en base a los mismos hechos y a las mismas pruebas presentadas en contra de Ángel Rondón se produce una condena; sin embargo, cuando se trata de Conrado Pittaluga y Víctor Díaz Rúa, estas mismas pruebas no surgen efecto”.
Ortiz destacó la falta de lógica de esa decisión del tribunal, del cual precisó que no valoró el tipo penal de lavado de activos, un elemento que catalogó como un error de los jueces.
“Comete el error el Primer Tribunal Colegiado en la valoración de la prueba al momento de analizar el tipo penal en lavado de activos y no acoge el lavado de activos de Víctor Díaz Rúa, condenándolo solo por enriquecimiento ilícito y ese fue otro de los medios que esbozamos en el tribunal”.
La coordinadora de Litigación de la Pepca indicó que en este recurso de apelación el Ministerio Público responde a cada una de las motivaciones de las juzgadoras, estableciendo las pruebas, punto por punto, las razones por las que la corte debe revocar la decisión y dar su propia sentencia.
Con el recurso, el Ministerio Público apela la decisión del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que condenó a cinco años de prisión a Víctor Díaz Rúa, al declararlo culpable de corrupción por enriquecimiento ilícito y por los US$92 millones de sobornos que, tal como lo confesó, distribuyó Odebrecht en República Dominicana para agenciarse la adjudicación de contratos de obras pagadas con fondos de los contribuyentes.
El órgano de persecución penal también apeló la decisión del tribunal respecto al descargo del abogado Conrado Pittaluga Arzeno, a quien el Ministerio Público acusa de cómplice en el delito de soborno y de enriquecimiento patrimonial derivado de actividad delictiva y lavado de activos.
En el caso de Víctor Díaz Rúa, Ortiz reveló que ha solicitado al tribunal acoger las imputaciones por lavado, ya que solo fue condenado por enriquecimiento ilícito y que sea condenado a 10 años de prisión, mientras que para Pittaluga, acusado por lavado de activos provenientes de actos de hecho de sobornos, ha solicitado una condena de siete años de reclusión.
Los jueces Pedro Sánchez, Daniel Nolasco y Nancy Joaquín, de la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, continuarán este martes con el conocimiento del recurso de apelación a partir de las 10:00 de la mañana
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