La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) refrendó el criterio de que los funcionarios de carrera y que sean ascendidos a cargos de alto nivel deben retornar a su puesto de origen cuando cesen sus funciones, información que debe ser comunicada por el titular del órgano al que pertenece dentro del plazo de 60 días.
Esto así en armonía con el artículo 22 de la Ley núm. 41-08, sobre Función Pública, que también establece que el tiempo desempeñado en cargos de alto nivel o de confianza se computará a los fines de su antigüedad en la carrera administrativa.
Los jueces de la citada sala procedieron a casar la sentencia núm. 0030-1642-2021-SSEN-00212, dictada por la Cuarta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo y envía el asunto ante la Tercera Sala de esa jurisdicción.
Para acceder a la sentencia íntegra, firmada por los magistrados Manuel Alexis Read Ortiz (presidente) Manuel R. Herrera Carbuccia, Moisés A. Ferrer Landrón, Anselmo Alejandro Bello Ferreras y Rafael Vásquez Goico, acceda al siguiente enlace: https://consultaweb.poderjudicial.gob.do/Visor/Index?Url=987fa29a-2cea-491d-a17d-3d8cfc28f6a4_FCG.docx