Eddy Alcántara destacó que la libra de azúcar refinada debe venderse a RD$27.25
SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), instó a los comercios a cumplir con la resolución número 001-2023 del Consejo Directivo del Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR) que establece los precios máximos a los que se deben vender los diferentes tipos de azúcar en el mercado nacional para consumo directo y uso industrial
El director ejecutivo de la entidad, Eddy Alcántara, detalló este miércoles, los precios fijados por INAZUCAR que son RD$2,000.00 del productor al mayorista, RD$2,200.00 del mayorista al detallista y RD$2,420.00 del detallista al consumidor para el saco de 100 libras de azúcar crema.
Eddy Alcántara advirtió que se aplicarán sanciones a aquellos que violen esta normativa.
Recordó que el estado controla el precio de este producto y, por lo tanto, los precios deben ser estandarizados en todos los establecimientos y en cada uno de los eslabones de la cadena de distribución.
Los precios fijados por INAZUCAR que son RD$2,000.00 del productor al mayorista, RD$2,200.00 del mayorista al detallista y RD$2,420.00 del detallista al consumidor para el saco de 100 libras de azúcar crema.
Destacó que la libra de azúcar refinada debe venderse a RD$27.25 y que cualquier otro eslabón de la cadena de distribución debe estar ajustado dentro del margen de ganancias y beneficios establecido por las tres categorías mencionadas anteriormente.
Además, recordó que estos precios son controlados y tienen carácter transitorio, efectivos desde el 10 de febrero de 2023, y serán revisados estrictamente de acuerdo a las condiciones del mercado.
Por otro lado, la resolución establece que los precios fijados para la azúcar crema y refinada son inviolables y están protegidos por la ley de protección a los derechos del consumidor.
Bajo ningún concepto, el consumidor debe pagar otro precio diferente a los establecidos en esta resolución hasta que se produzca una modificación en la misma.
Asimismo, la resolución tiene carácter obligatorio para los productores y comerciantes, quienes deben expedir las facturas correspondientes con los precios establecidos en ella.