Los abogados dicen que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito.
Los abogados del alcalde de Jaquimeyes, Carlos Valentín Batista Batista, aseguran que su cliente no puede ser suspendido de sus funciones por el Concejo de Regidores, porque este rechazó la petición y adquirió la "autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada".
Los abogados Carlos Julio Féliz Vidal, Greysi Féliz Pineda y Francina Perdomo Matos indican además que, según el artículo 24.1 de la Constitución de la República, una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito.
Los abogados presentarán un recurso contra el Concejo de Regidores de Jaquimeyes, que será conocido por el magistrado Manuel Emilio González Castillo.
Recuerdan que la resolución 023 del 1 de marzo de 2022, el Concejo de Regidores rechazó la solicitud de suspensión presentada por los munícipes Ruddy Rhadamés y Amable Milquíades Oliveros Matos.
Los abogados explican que la decisión de suspender a Batista Batista es un acto administrativo que puede ser recurrido por las vías correspondientes, pero esto no se ha hecho. Por lo tanto, esta decisión tiene la "autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada".
Los togados explican que el artículo 44 de la Ley 176-07, aplicable a la suspensión de los funcionarios municipales, es contraria a los derechos políticos consagrados en el ámbito municipal y crea una desigualdad sin sentido entre los funcionarios electos. La ley no contempla la suspensión para el presidente y vicepresidente de la República, ni para los legisladores.
Además, los abogados señalan que los regidores comprobaron que la sentencia de la Cámara Penal de la SCJ se emitió en nivel de apelación, por lo que no tiene autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, ya que está pendiente de conocimiento el recurso extraordinario de casación.
Origen del caso
El alcalde de Jaquimeyes, Carlitos Pollo, se encontró en una situación problemática después de buscar una investigación sobre un presunto fraude cometido por tres empleados del área financiera y administrativa del cabildo.
El fraude lo habrían cometido los señores Ramón de los Santos de la Cruz Rossó, Zacarías Gabriel Matos Cabrera y Tulio Manuel Mercedes Diloné quienes fueron acusados de transferir fondos de las nóminas del ayuntamiento a sus cuentas personales por Batista Batista.
La alcaldía solicitó una auditoría a la Cámara de Cuentas el 21 de noviembre de 2017, pero no se realizó, a pesar de que era su deber hacerlo.
También solicitaron otra auditoría a la Asociación de Municipios de la Región Enriquillo (ASOMURE) y presentaron una querella penal contra los mismos funcionarios del área financiera y administrativa del cabildo.
De acuerdo con la acusación y confirmado por la Cámara de Cuentas, De la Cruz Rossó transfirió RD$206 mil 350.00, Mercedes Diloné transfirió RD$417 mil y Matos Cabrera transfirió RD$88 mil a su cuenta personal.
Los abogados afirmaron que, a pesar de la acusación y la confirmación de la Cámara de Cuentas, las cortes no atendieron la denuncia del alcalde y lo condenaron por el mismo hecho que cometieron los funcionarios, quienes el Ministerio Público no persigue y presenta como testigos en el proceso contra Carlitos Pollo.
La Asociación de Municipios de la Región Enriquillo también confirmó el fraude denunciado por el alcalde el 10 de octubre de 2017.
Los tres empleados fueron suspendidos a raíz del resultado del informe de ASOMURE el 13 de noviembre de 2017 y sus contratos de trabajo fueron rescindidos el 27 de noviembre de 2017 mediante las resoluciones Nos. 009, 0010 y 0011 del Concejo de Regidores de Jaquimeyes.
Los abogados Féliz Vidal, Féliz Pineda y Perdomo Matos informaron que la Fiscalía de Barahona no atendió la querella del alcalde contra los tres exempleados, a pesar de contar con las pruebas técnicas y de que la Cámara de Cuentas no atendió su solicitud de realizar una auditoría.