Francisca Inmaculada Vidal Abreu fue condenada por la muerte de su vecina Modesta Peñaló Cabrera por viejas rencillas personales
Los Jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional han dictado una sentencia condenando a Francisca Inmaculada Vidal Abreu (conocida como Mía) a diez años de prisión por dar muerte a una vecina durante una riña.
Vidal Abreu fue acusada por el Ministerio Público de haber provocado la muerte de su vecina Modesta Peñaló Cabrera por viejas rencillas personales, que tuvo lugar el pasado año en el sector Capotillo del Distrito Nacional.
El tribunal, presidido por la magistrada Keila Pérez Santana, ha adoptado su decisión tras acoger en su totalidad las pruebas periciales, documentales y testimoniales presentadas por la fiscal litigante Cinthia Bonetti, que han demostrado la responsabilidad penal de la acusada en el crimen.
Según el expediente presentado por la Fiscalía del Distrito Nacional, el hecho tuvo lugar el 4 de mayo del año 2022, alrededor de las 4:00 de la tarde cuando la hoy condenada regresaba a su casa en compañía de su esposo, quien presenta discapacidad.
El desenlace mortal se produjo, cuando ambas mujeres se encontraron en la esquina formada por la calle Respaldo 38 con Doctor Betances, en el sector Capotillo.
En esa esquina, las mujeres tuvieron una acalorada discusión que desembocó en una lucha corporal cayendo ambas féminas al suelo.
En el suelo, Francisca Inmaculada aprovechó para apuñalar a Modesta Peñaló con un cuchillo que llevaba la hoy occisa, hiriéndola mortalmente en el costado izquierdo.
La víctima fue auxiliada por algunos vecinos, que la llevaron de urgencia al hospital Francisco Moscoso Puello, donde falleció.
Un día después del hecho, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) practicó una autopsia legal al cuerpo de Modesta Peñaló Cabrera.
El reporte concluyó que el cadáver presentaba una herida de arma blanca en la región dorsal izquierda, que le causó una lesión en una de las arterias, lo que a su vez le provocó una masiva hemorragia interna que le causó la muerte.
El Ministerio Público ha establecido que la conducta de Francisca Inmaculada constituye el tipo penal de "Homicidio Voluntario, precedido por la excusa legal de la provocación", previsto y sancionado por los artículos 295, 321 y 326 del Código Penal Dominicano, y los artículos 86 y 87 de la Ley 631-16, que penaliza el uso ilegal de arma blanca.
La pena privativa de libertad impuesta a Francisca Inmaculada se cumplirá en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Mujeres, en la provincia de San Cristóbal.