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Lo que establece la SCJ cuando se cesa a un funcionario de carrera contrario a derecho

Dijo que en ese caso el afectado será sancionado con reposición en el cargo  

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia emitió un fallo estableciendo que el cese ilegal de un funcionario de carrera conlleva su reinstalación en el puesto de trabajo y el pago de los salarios dejados de percibir durante el período en el que estuvo separado de manera injusta de su empleo.

Según el Tribunal, en los casos en que el servidor público desee reclamar una responsabilidad patrimonial adicional a la establecida en la ley, debe presentar pruebas de hechos distintos a la decisión de desvinculación que causen daños también diferentes a los que normalmente se derivan de la terminación laboral.

La decisión argumenta que los beneficios de los funcionarios de carrera en caso de despido injustificado están claramente estipulados en la ley, por lo que es necesario demostrar otros hechos distintos a la terminación de la relación laboral o justificar un daño anormal causado por circunstancias particulares que también deben ser probadas para reclamar beneficios adicionales a los previstos en la ley correspondiente.

La ley número 41-08, sobre Función Pública, establece en su artículo 23 que los funcionarios públicos de carrera solo perderán esa condición en los casos expresamente determinados por dicha ley, previo cumplimiento del procedimiento administrativo correspondiente y mediante un acto administrativo formalizado.

El fallo de la Tercera Sala, con número SCJ-TS-23-0300 y fecha 31 de marzo de 2023, revoca parcialmente la sentencia número 030-1643-2022-SSEN-00699 emitida por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo el 22 de agosto de 2022, y remite el caso a la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo. Además, rechaza todos los demás aspectos del recurso de casación.

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