Otro hombre también fue condenado a 30 años y a persona a 8 años por participar en el crimen de Joaquín de Van Tinteren.
PUERTO PLATA (República Dominicana).- El Tribunal Colegiado de Puerto Plata ha dictado una sentencia condenatoria tras acoger la petición del Ministerio Público, imponiendo penas de 30 años de prisión a Jenniffer Joaquín de Van Tinteren y Marcos Gómez Cruz, y 8 años de prisión a Juan Alejandro Taveras. Estas personas han sido encontradas culpables del asesinato de Roy Van Tinteren, esposo de Jenniffer Joaquín de Van Tinteren.
Según la acusación presentada por la fiscal Ana Mariela Hernández, Jennifer Joaquín de Van Tinteren, esposa de la víctima, se reunió con los otros acusados en el malecón de la ciudad, donde les proporcionó información confidencial y les entregó dinero en efectivo para llevar a cabo el crimen. Posteriormente, se separó del grupo y regresó junto a la víctima, quien se encontraba con amigos en la playa de Costambar.
La acusación establece que Argenis de Jesús Rojas Ureña, alias "Chancletica" (fallecido), y Rafael Guzmán, quien se encuentra prófugo, interceptaron a la víctima y a la acusada en compañía de otros individuos. Bajo amenazas y utilizando un arma de fuego, obligaron a la víctima a subirse a un vehículo. A pesar de su resistencia, Roy Van Tinteren fue forzado a montarse en el automóvil, mientras que Jenniffer Joaquín de Van Tinteren accedió sin oponer resistencia.
Dentro del vehículo, Argenis de Jesús Rojas Ureña revisó a Jennifer Joaquín de Van Tinteren y le sustrajo dinero de su bolsillo para simular un robo. Por su parte, Rafael Guzmán registró al occiso y le quitó algunas prendas y dos teléfonos celulares.
Durante el trayecto, al llegar a la calle principal de Altos de Cofresí, Marcos Gómez Cruz, quien conducía el vehículo, se quedó en el auto junto a Juan Alejandro Taveras, que ocupaba el asiento del copiloto. Argenis de Jesús Rojas Ureña sacó a Jennifer Joaquín de Van Tinteren del vehículo y continuó registrándola, mientras que la víctima, Roy Van Tinteren, que ya se encontraba en la calle, se abalanzó sobre el acusado en un intento de defender a su esposa, iniciando una pelea que terminó con ambos en el suelo.
En ese momento, Rafael Guzmán golpeó al occiso en la cabeza con la culata del arma de fuego y posteriormente le disparó. Argenis de Jesús Rojas Ureña se levantó del suelo, le quitó la pistola a Rafael Guzmán y, al ver esto, Marcos Gómez Cruz aceleró el automóvil. Mientras Argenis de Jesús Rojas Ureña y Rafael Guzmán se disponían a subirse al vehículo, Argenis se acercó a la víctima, apartó a Jennifer Joaquín de su esposo y le disparó a quema ropa en la cabeza.
Los fiscales litigantes Karen Lidia Santana y Marcos Wilkins Díaz, demostraron al tribunal, presidio por la jueza Jakayra Veras a través de las pruebas documentales, periciales y testimoniales que los condenados Marcos Gómez Cruz, Jenniffer Joaquín de Van Tinteren y Juan Alejandro Taveras violentaron las disposiciones establecidas en los artículos 265, 266, 267, 295, 296, 297, 302, 304, 379, 381, 382 y 386-2 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la asociación de malhechores.
La condena impuesta deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe y en la Fortaleza de Montecristi.