Los Lineamientos definen la suspensión en funciones y las excepciones para candidatos a cargos de elección popular
Santo Domingo, RD. – El Ministerio de Administración Pública (MAP) ha emitido una circular en la que se establecen las pautas a seguir para la aplicación de suspensiones en funciones o licencias especiales para aquellos candidatos que buscan ocupar cargos de elección popular y que son funcionarios o servidores públicos.
De acuerdo con las leyes que regulan la participación de funcionarios y servidores públicos en las elecciones generales, el MAP ha indicado que se exceptúan de la suspensión en servicio y la necesidad de tomar licencias especiales a los postulantes a cargos municipales o congresuales que, al aceptar sus candidaturas, se desempeñen como servidores públicos en cargos sin jerarquía y sin manejo de fondos públicos. Asimismo, aquellos servidores públicos que ocupen cargos electivos no pueden aprovechar su condición en actos públicos o ante los medios de comunicación, según lo dispuesto por la ley.
Los funcionarios públicos con jerarquía y que manejan fondos públicos, tanto del gobierno central como de organismos desconcentrados y autónomos del Estado, Ayuntamientos y Juntas de Distritos Municipales, quedarán suspendidos en sus funciones sin sueldo desde el momento en que se acepte su candidatura hasta el día siguiente de las elecciones a las que aspiren.
En el caso de los candidatos a cargos municipales, serán excluidos de las nóminas de los meses de enero y febrero de 2024. Para los candidatos a niveles senatorial y de diputaciones, que deben presentar sus propuestas de candidatura a la Junta Central Electoral (JCE) dentro de los 15 días posteriores a las elecciones municipales, serán excluidos de las nóminas de los meses de marzo, abril y mayo de 2024.
La circular también establece que aquellos funcionarios y servidores públicos que participen en ambos niveles electorales serán reintegrados a sus funciones al día siguiente de las elecciones correspondientes (febrero o mayo).