El tribunal ordena chequeos regulares, restricción de viaje y garantía económica para el imputado Jonathan Emeterio Lorenzo.
SAN CRISTÓBAL (República Dominicana) – El Ministerio Público ha logrado con éxito la imposición de 12 meses de prisión preventiva como medida coercitiva contra dos hombres acusados de formar parte de una organización criminal involucrada en el tráfico de drogas y el lavado de dinero. Esta organización era liderada por el prófugo José Antonio Figuereo Bautista, conocido como Kiko La Quema.
La Oficina de Atención Permanente de este distrito judicial impuso la prisión preventiva al teniente coronel retirado de la Policía Nacional, Elvi de la Rosa de León, y a Ángel Miguel Figuereo, hijo del prófugo Figuereo Bautista. Además, se requirió que Jonathan Emeterio Lorenzo proporcionara una garantía económica de 30,000 pesos en efectivo, cumpliera con restricciones de viaje y se presentara regularmente ante el Ministerio Público.
En el caso de De la Rosa, un miembro retirado de la Policía Nacional, cumplirá su detención en la prisión policial del Centro de Operaciones Especiales, mientras que Figuereo será recluido en el centro CCR-17 Najayo Hombres.
El pasado martes, también se impuso la prisión preventiva a Wilkin Lorenzo Moreta, y se ordenó que Ana Luisa de Jesús se presentara regularmente. Ambos individuos formaban parte de la red desmantelada liderada por "Kiko La Quema".
El Ministerio Público ha alegado que De la Rosa, en su calidad de teniente coronel retirado de la Policía Nacional, abusó de su posición para transportar al prófugo Figuereo Bautista, alias Kiko La Quema, en varios vehículos pertenecientes a la organización criminal, evadiendo controles policiales debido a su cargo oficial.
La autoridad judicial ha revelado además que De la Rosa era responsable de comprar y transportar alimentos, bebidas, suministros y armas de fuego ilegales a la zona montañosa donde se escondía el prófugo "Kiko La Quema".
El rol de Jonathan Emeterio Lorenzo dentro de la organización criminal implicaba gestionar y adquirir vehículos de motor utilizados como medio de transporte por los miembros de la red para cometer diversos delitos, incluyendo homicidios, agresiones, amenazas, tráfico de drogas, posesión ilegal de armas de fuego y trabajos de mecánica automotriz.
El Ministerio Público ha clasificado provisionalmente estas acciones bajo los siguientes artículos legales: Artículos 59, 61, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, Artículos 66 y 67 de la Ley 631-2016 para el control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados, y el Artículo 60 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, todos en detrimento del Estado Dominicano y la sociedad de San Cristóbal.