Las disposiciones de esta ley son aplicables a todos los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo.
Por Juan Alberto Terrero Santana
Basados en la necesidad que existía antes de la creación de esta ley para la organización y funcionamiento de la Administración Pública. Por lo que no obstante la calidad técnica de ese instrumento legislativo, para ese momentose revelaba insuficiente y rígida para satisfacer los múltiples y diversos cometidos a cargo de la Administración del Estado Social y Democrático que la Constitución proclama.
Se hizo necesario establecer los principios comunes de funcionamiento de la Administración Pública Central y Descentralizada del Estado, así como determinar el alcance del control administrativo que el Estado ejerce sobre las organizaciones personificadas que crea, en aplicación al principio de unidad de la Administración pública.
Para esos fines que procuraba la Administración delEstado Social se hizo necesario que la estructura, competencia y funcionamiento del sistema burocráticoresponda a reglas de eficiencia, transparencia,participación y coordinación.
Para esto se crea la Ley 247-12, que tiene por objeto concretizar los principios rectores y reglas básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública, así como las normas relativas al ejercicio de la función administrativa por parte de los órganos y entes que conforman la Administración Pública del Estado.
Las disposiciones de esta ley son aplicables a todos los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo: Administración Pública Central, desconcentrada y organismos autónomos y descentralizados. Los principios de organización, funcionamiento y competencias establecidos en esta ley son aplicables al Distrito Nacional, los municipios y los distritos municipales.
Los principios de la ley se aplican a los órganos queejercen función de naturaleza administrativa en los poderes Legislativo y Judicial, así como a los órganos y entes de rango constitucional, siempre que resulten compatibles con su normativa específica, no desvirtúen la independencia y las funciones que la Constitución les otorga y garanticen el principio de separación de lospoderes.
Visto el entorno donde se crea la necesidad de esta ley para nuestro país, es bueno evaluar el funcionamiento o resultado de la misma en la actualidad. Basado a su aplicación y seguimiento en lo que en ella contempla.
Uno de los puntos de la ley a observar, es el funcionamiento de los entes y órganos que conforman la Administración Pública que debe estar sujeta a las políticas, estrategias, metas y objetivos que se establecen en los respectivos planes estratégicos u operativos y a los convenios de gestión. O Igualmente el seguimiento de las actividades, así como la evaluación y control del desempeño institucional y de los resultados alcanzados.
Otro punto a observar es el tamaño y la estructura organizativa de los órganos de la Administración Pública que deben ser proporcionales y consistentes con los fines y propósitos que les han sido asignados. Las formas organizativas de las instituciones deben ser las necesarias para el cumplimiento de sus metas y objetivos y garantizarla utilización racional de los recursos del Estado.
Y no se nos puede quedar, la evaluación de la eficiencia de la actividad administrativa. Que la asignación de recursosse ajuste estrictamente a los requerimientos para el logro de las metas y objetivos de nuestras instituciones estatales. Y que el funcionamiento de la Administración Pública garantice a la utilización racional de los recursos humanos, materiales y los presupuestarios asignados.
Mencionadas estas tres observaciones de la ley, es nuestro deber como ciudadanos estar al pendiente del fiel cumplimiento de la misma. La Administración Pública debe estar orientada a un funcionamiento planificado y a una evaluación de su desempeño, algo que no vemos en el funcionamiento de nuestras instituciones estatales. Además, no se presenta una racionalidad y eficiencia en las actividades administrativas, eso lo podemos observar en ver duplicidad de funciones en instituciones, la realización de actividades que no son competencia de una institución y el desperdicio de recursos del Estado.
En conclusión, las autoridades no cumplen ni son garantes de esta ley. Nos queda a nosotros la población exigir a las autoridades el cumplimiento de la misma. Que sean transparentes y éticos en la utilización de los recursos del Estado. Que nos brinden instituciones públicas funcionales, con funcionarios, en el sentido literal de la palabra.