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TSE ordena nuevo recuento de votos en elecciones del Colegio de Abogados

  • La sentencia exige la realización de un nuevo cómputo de votos, excluyendo los pactos de alianzas irregulares, y deberá ejecutarse en un plazo máximo de 5 días hábiles.

Santo Domingo.- En una decisión sin precedentes, el Tribunal Superior Electoral (TSE) de República Dominicana ha ordenado al Colegio de Abogados de República Dominicana (CARD) realizar un nuevo cómputo de votos de las elecciones del 2 de diciembre de 2023.

Esta orden llega tras la determinación de que ciertos pactos de alianzas, establecidos mediante la Resolución CNE-(CARD)-009-2023, carecen de efectos jurídicos y no deben influir en los resultados electorales.

Vulneración de Derechos Fundamentales**

Los magistrados del TSE, al acoger la acción de Amparo de Extrema Urgencia, reconocieron una vulneración de los derechos electorales fundamentales.

Esta decisión se basa en la violación del derecho de asociación y el debido proceso, como se establece en los artículos 47 y 69 de la Constitución Dominicana, respectivamente.

En consecuencia, se han anulado las resoluciones CNE-(CARD)-009-2023 y CNE-(CARD)-0011-2023, que habían sido emitidas por la Comisión Nacional Electoral del CARD.

Irregularidades en los Pactos de Alianza

El Tribunal, presidido por el magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, identificó que el pacto de alianza que sustentaba los resultados electorales fue aprobado de manera irregular.

Dicho acuerdo no cumplió con los criterios de publicidad, certeza electoral y transparencia requeridos para un proceso electoral justo y democrático.

Además, se observó la violación del Reglamento Electoral del CARD en los artículos 18 y 20, relacionados con la claridad y el plazo de presentación de los pactos de alianza.

Decisiones Adicionales del Tribunal

El TSE también ratificó la fusión de los expedientes TSE-05-0084-2023 y TSE-05-0085-2023 y rechazó varias excepciones y medios de inadmisión presentados por la parte accionada.

Esto incluye la excepción de inconstitucionalidad contra el artículo 130 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales y el medio de inadmisión por notoria improcedencia.

Implicaciones para el CARD**

Esta decisión impone al CARD y a su Comisión Nacional Electoral la obligación de realizar un nuevo conteo de votos, respetando los derechos fundamentales de elegir y ser elegible en el marco de las asociaciones profesionales.

Además, recalca la necesidad de adherirse estrictamente a las normativas electorales y constitucionales para garantizar la integridad de los procesos electorales en entidades gremiales.

Impacto en la Comunidad Jurídica y Más Allá**

Este fallo del TSE no solo afecta el ámbito del CARD, sino que también establece un precedente importante en la jurisprudencia dominicana sobre los derechos electorales en elecciones gremiales y asociaciones profesionales.

Además, subraya la importancia de la transparencia y la legalidad en los procesos electorales, elementos cruciales en el fortalecimiento de las instituciones democráticas en la República Dominicana.

Próximos Pasos y Plazos

El Tribunal ha establecido un plazo no mayor de 5 días hábiles, a partir del lunes 15 de enero de 2024, para la ejecución de esta sentencia. Este breve plazo subraya la urgencia y la importancia de restaurar la legalidad y la justicia en el proceso electoral del CARD. 

Conclusiones y Expectativas

Con esta histórica decisión, se espera que el CARD realice un recuento de votos justo y transparente, respetando los principios democráticos y los derechos fundamentales de sus miembros. La comunidad jurídica y la sociedad dominicana esper

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