El Consultor Jurídico del Ejecutivo sostiene que la Ley Electoral permite al Presidente iniciar obras durante la campaña.
SANTO DOMINGO: En una declaración a la prensa, el Dr. Antoliano Peralta Romero, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, reafirmó que el presidente Luis Abinader está facultado para inaugurar proyectos del gobierno central durante el período de campaña municipal. Esta aclaración surge en un contexto donde la interpretación de la ley electoral ha generado debate en torno a las acciones del presidente.
Peralta Romero hizo hincapié en el párrafo 6 del artículo 210 de la Ley Electoral, que establece un marco diferenciado para las autoridades municipales y el Poder Ejecutivo. Según esta disposición, se prohíbe la inauguración de obras públicas solo durante los 40 días previos a las elecciones municipales y 60 días antes de las elecciones presidenciales y congresuales.
El funcionario argumentó que una lectura errónea de la ley, que sugiera restricciones adicionales al Ejecutivo, resultaría discriminatoria y afectaría la eficiencia del gobierno en la ejecución de su plan en beneficio de la ciudadanía. Destacó que el propósito principal de la ley es prevenir ventajas desleales en las campañas electorales, especialmente cuando un funcionario es candidato a un puesto electo.
Además, Peralta Romero lamentó la confusión generada por malinterpretaciones de la ley, atribuyéndolas a errores de lectura más que a intenciones maliciosas. Insistió en la necesidad de adherirse al verdadero significado de la ley, en lugar de interpretaciones sesgadas.
Durante su interacción con los medios en el Palacio Nacional, el consultor jurídico recordó que la Junta Central Electoral (JCE) también respalda esta interpretación, estableciendo el 20 de marzo como fecha límite para el presidente y el 9 de enero para los alcaldes en relación con las inauguraciones de obras.