Circular Destaca Normas Legales para Autoridades Municipales y Legisladores
Santo Domingo, 22 de marzo de 2024.-El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió la circular núm. 003583, para recordar que los candidatos electos no pueden desempeñar más de un cargo de manera simultánea en el Estado
El MAP reitera las normativas sobre la incompatibilidad de funciones, especialmente en el contexto de la toma de posesión de las nuevas autoridades municipales y las próximas elecciones congresuales.
El ministro de Administración Pública, Darío Castillo Lugo, destacó que según el artículo 144 de la Constitución, ningún funcionario o empleado del Estado puede ocupar simultáneamente más de un cargo remunerado, a excepción de la docencia.
La circular enfatiza que esta disposición se aplica también a los legisladores, según lo establecido en el artículo 77 de la Carta Magna.
La comunicación del MAP detalla que, exceptuando las labores docentes, culturales, de investigación y los roles honoríficos con reposición horaria adecuada, no se permite la ocupación simultánea de múltiples cargos remunerados en el Estado.
En caso de aceptar un segundo cargo público incompatible, implica la renuncia automática del primero, según lo dispone la Ley núm. 41-08 de Función Pública.
Además, la circular recuerda que los funcionarios no pueden recibir remuneraciones adicionales al salario de su puesto de trabajo ni ejercer funciones que impliquen el pago de prestaciones o remuneraciones provenientes de otras fuentes, excepto las actividades docentes, según lo estipulado en la Ley núm. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano.
Se prohíbe expresamente la recepción de pagos por participar en consejos, juntas, comisiones u órganos decisorios, asesores o consultivos que no estén prescritos en la ley, como se establece en el artículo 27 de la Ley núm. 105-13.
La circular está dirigida a ministros, al contralor general de la República, al consultor jurídico del Poder Ejecutivo, a directores nacionales y generales, administradores, alcaldes, regidores, directores de juntas distritales, senadores y diputados, entre otros funcionarios públicos.