La defensa de José Ramón Peralta busca respuesta legal tras solicitud de prórroga no atendida
Santo Domingo.- La defensa legal de José Ramón Peralta ha elevado una solicitud al Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, instando a que se intime al Ministerio Público para la presentación del acto conclusivo en el caso Calamar. Esta acción se basa en el vencimiento del plazo establecido por el Código Procesal Penal, siendo respaldada por figuras como Donald Guerrero y Gonzalo Castillo.
La solicitud, formalizada mediante una instancia depositada el pasado viernes 22 de marzo, busca que la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) cumpla con el término de 15 días establecido en el artículo 151 del Código Procesal Penal para la presentación del acto conclusivo.
Los abogados de Peralta, encabezados por Santiago Rodríguez, Emery Colomby Rodríguez Mateo, Pedro Balbuena y Chanel Liranzo Montero, han señalado que el Tribunal ha establecido claramente el plazo para la conclusión de la investigación por parte del Ministerio Público, según la Resolución número 670-2023-SMDC-00535. Esta resolución indica que, al aplicarse las reglas del procedimiento para casos complejos, la fiscalía dispone de ocho meses para concluir la investigación, según los términos de los artículos 150 y 370 del Código Procesal Penal.
Sin embargo, señalan los abogados, a pesar de haber transcurrido 7 meses y 19 días desde la imposición de la medida de coerción, la PEPCA presentó una solicitud de prórroga para la presentación del acto conclusivo el 17 de noviembre de 2023, la cual aún no ha sido resuelta. Esto, sostienen, va en detrimento de Peralta Fernández y los demás implicados en el caso.
En este contexto, destacan que el Código Procesal Penal establece claramente en su artículo 293 los actos conclusivos que debe presentar el Ministerio Público al finalizar la investigación, entre ellos la acusación o la suspensión condicional del procedimiento.
La solicitud de intimación al Ministerio Público se ampara en el artículo 151 del Código Procesal Penal, que faculta a los investigados a requerir al Juez de la Instrucción que inste al Ministerio Público a presentar la acusación dentro del plazo de diez días. Además, este artículo establece las sanciones por la no presentación del acto conclusivo, incluida la extinción de la acción penal.
En conclusión, la falta de respuesta a la solicitud de prórroga por parte del Ministerio Público ha llevado a la defensa de Peralta a buscar respuestas legales, asegurando el cumplimiento de los plazos establecidos por la ley y protegiendo los derechos de los implicados en el caso Calamar.