Barra considera debieron apartarse como lo hizo Miriam Germán y designar abogados persecutores conforme les ordenaba la Ley
Santo Domingo, D.N. El Consejo de Defensa del ex procurador general, Jean Alain Rodríguez aseguró que demostró ante el Tribunal que la acusación preparada por los fiscales actuantes será anulada porque así lo ordena la ley cuando se evidencia relación laboral, conflicto de intereses, enemistad, odio o resentimiento de representantes del Ministerio Público y una de las partes.
Precisó que el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica del Ministerio Público les prohibía de forma tajante en sus artículos 78 y 90, así como en los artículos 80, 81, 82 y 91, respectivamente, que estos fiscales participaran en el caso de su ex superior jerárquico y compañero laboral, dice la ley: por “tener una relación laboral”; “tener interés en la investigación o proceso”; “haber aceptado servicios o beneficios”; “retardar o negar injustificadamente el despacho de los asuntos a su cargo”; “trato irrespetuoso, agresivo, desconsiderado u ofensivo”; o cuando exista “enemistad, odio o resentimiento”, situaciones todas que se confirman en este caso.
Añadió la barra de defensa Alain Rodríguez, que precisamente por esa prohibición legal Miriam Germán Brito se inhibió del caso, pero esos fiscales se negaron a respetar la ley generando la vergonzosa nulidad de la acusación.
“ Yeni Berenice, Wilson Camacho y otros 19 fiscales que armaron este expediente tuvieron una innegable relación laboral con Jean Alain Rodríguez, pero además de eso, tampoco podían participar en la investigación porque lo habían llevado a la justicia por un concurso de fiscales”.
Argumentan, por igual, que aceptaron beneficios, pagos de boletos aéreos, fondos operativos, vehículos, seguridad, y dietas, lo que conforme la ley también los obligaba a apartarse de la investigación.
La acusación contempla una supuesta distracción de equipos informáticos de los cuales estos mismos fiscales gastaron cerca de RD$5 millones que, por igual los obligaba a apartarse.
Ley prohibía investigar y acusar ex compañeros de trabajo, también cuando existe interés, enemistad, odio o resentimiento.
Resaltaron asimismo, que ocultaron y retrasaron la entrega de documentos que tenían en su poder y nunca disimularon el odio, la enemistad y el resentimiento, que es la causa legal más grave que les prohibía investigarlo, al grado de llamarlo en los medios de comunicación, entre otros epítetos -narcisista y terrorista-, evidenciando así el resentimiento.
“Además, la Procuradora Yeni Berenice expresó en audiencia pública que disfrutaría su prisión más que “una victoria de las águilas al Licey” y confesó el 24 de noviembre del 2023 en sede del Mirex que Jean Alain Rodríguez la había supuestamente intimidado y chantajeado cuando era Procurador”
Agregaron que no existe en la historia de la justicia un caso con más evidencia de odio y resentimiento y a pesar de que eso lo sabe el país completo, para probarlo hemos depositamos los chats de WhatsApp entre ellos.
Concluyeron que estos fiscales nunca debieron investigarlo porque la ley se los prohibía y se lo advertimos recusándolos en 4 ocasiones, solicitándoles que conforme lo establece la ley 133-11 debían designar abogados neutrales como acusadores, y ahora el único remedio legal es la nulidad de la acusación o en su defecto excluir todos los actos en los cuales estos 19 fiscales participaron.