La Constitución establece el derecho a la salud integral y precisa que “el Estado debe velar por la protección de la salud de las personas”.
Algunas decisiones judiciales que afectan a médicos y centros de salud pudieran ser injustas, pero no es razón para validar excluirlos del ámbito de los tribunales.
La negligencia, vista como falta de previsión o descuido al prestar un servicio es castigada en todas partes y, en República Dominicana implica sanciones penales y pecuniarias.
La Constitución establece el derecho a la salud integral y precisa que “el Estado debe velar por la protección de la salud de las personas” y refiere que las que “resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensados o indemnizados conforme a la ley”.
La responsabilidad civil médica está regulada en la Ley General de Salud, los códigos Civil y Penal, Ley de los Derechos del Consumidor o Usuario,Reglamento General de Hospitales en la República Dominicana y en el código de ética del Colegio Médico Dominicano.
¿Desea un centro de salud ofrecer un servicio de mala calidad? Imposible. Pero numerosas clínicas y centros públicos carecen del equipamiento y personal médico y auxiliar adecuados para una atención eficiente. Siempre ha sido deficiente la fiscalización oficial.
- Claro, que excluyo a una veintena de grandes y modernos centros estatales y clínicas de primer nivel, que incluso constituyen la envidia de la región en tecnologías, hostelería y capacidad profesional.
En estos centros a los que acuden personas de los segmentos de clase media y alta se reducen las posibilidades de errores humanos o negligencias, pero “donde quiera se cuecen habas”.
Abundan las historias sobre negligencias médicas en el mundo con amplios saldos en muertes, mutilaciones, daños permanentes, así como los reportes de demandas millonarias que han afectado a destacadas figuras de la medicina y a centros de reputación internacional.
Todo el que ingresa a un quirófano está expuesto a cualquier eventualidad, que se supone menor a partir de la reputación del personal de atención y del equipamiento del centro.
Ante un desenlace fatal o de consecuencias dañosas, siempre habrá posibilidades de que se alegue negligencia y se reclame indemnización, que necesariamente habrá de ventilarse en un tribunal, que decidirá como árbitro imparcial.
Las historias locales sobre negligencias son muchas, los reclamos no tantos y las condenas a médicos y centros de salud, contables con los dedos de una mano. Lamentablemente en los últimos meses han afectado a centros de altísima reputación, de propietarios y directores de manejo ético indiscutido e incluso personas con tradición de compromiso social en el ejercicio de la medicina.
Las negligencias ocurrieron, según el convencimiento de los jueces a partir del examen de las pruebas aportadas, mientras médicos y su colegio alegan que en varios casos no hubo el peritaje adecuado. ¿De quién esta última falla, si damos como cierto el argumento?
Acepto las preocupaciones de médicos amigos que me han planteado el tema, pero es inadmisible que directivos del Colegio Médico reclamen frente al edificio de la Suprema Corte de Justicia, que“detenga” el “festín de sentencias condenatorias”. El CMD aspira a que los supremos “bajen línea” que eximan a los médicos en los juicios, obligados a ser públicos, orales y contradictorios.
El argumento no puede ser peor: se encarecería la medicina a niveles impagables por los clientes. O sea, que dinamitan la institucionalidad para “salvarnos”…
¿Pueden incurrir en errores los tribunales? Sí, pero no creo que exista una persecución en contra de los médicos y centros de salud. Quizás sea hora de mayor cuidado de los galenos y de rigurosa y sistemática fiscalización en clínicas y hospitales.
Inaceptable actuar contra reclamantes legales, aunque un colegio médico vista su mejor traje de sindicato.
Imaginemos iguales reclamos de abogados, ingenieros, periodistas, miliares y policías…