La sentencia núm. SCJ-SS-23-1013 establece que la tentativa de homicidio es castigable conforme al artículo 2 del Código Penal dominicano
Santo Domingo. La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dictaminó que la tentativa de crimen es punible, independientemente de la causa contingente que impida la consumación del hecho. En la sentencia núm. SCJ-SS-23-1013, emitida el 29 de septiembre de 2023, se sostiene que toda tentativa de crimen puede ser considerada como tal si se manifiesta con un principio de ejecución y si el culpable no logra su propósito por causas externas a su voluntad.
La sentencia hace referencia al artículo 2 del Código Penal dominicano, que establece la punibilidad de la tentativa cuando el autor demuestra una clara intención de ejecutar el crimen, quedando esta circunstancia bajo la apreciación de los jueces.
En el caso en cuestión, el tribunal atribuyó al justiciable la comisión de tentativa de homicidio, una calificación jurídica que encaja con los hechos probados. Según el fallo, el acusado manifestó una evidente intención de acabar con la vida de la víctima al propinarle 15 estocadas que le causaron heridas graves. El crimen no se consumó gracias a la rápida intervención del hermano de la víctima y su esposa.
Los jueces Francisco Antonio Jerez Mena (presidente), Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez y Francisco Antonio Ortega Polanco coincidieron en que el caso presenta las tres características que definen una tentativa de crimen: un principio de ejecución, una causa contingente y una intención manifiesta.
La sentencia completa puede consultarse en el siguiente enlace SCJ-SS-23-1013.