El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo subraya la necesidad de límites en la expresión en las redes para evitar daños a la reputación y honra ajena, y destaca la importancia de regular las plataformas digitales.
Santo Domingo. – En una conferencia ofrecida este miércoles, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, enfatizó la importancia de establecer límites claros en el ejercicio de la libertad de expresión en las redes sociales para proteger la reputación y la intimidad de las personas, como lo establece la Constitución de la República.
"La libertad de expresión debe llegar hasta el momento en el cual se dañe la reputación y la honra ajena, o se violente la intimidad personal sobre la base de infundios y mentiras", señaló Peralta Romero tras señalar el mandato constitucional y leyes nacionales.
El jurista hizo referencia específica al fenómeno de las redes sociales, describiendo cómo, más que los medios tradicionales, estas plataformas permiten a ciertas personas actuar "como sicarias de la moral, sin límite y sin control". Según Peralta Romero, esta es una tarea pendiente que el país deberá enfrentar más temprano que tarde.
La conferencia, titulada "La libertad de expresión en la democracia constitucional dominicana", contó con los comentarios de la Dra. Sonia Diaz Inoa y el Lic. Persio Maldonado. Además, durante el evento, se presentó la edición 19 de la revista País Dominicano Temático, dirigida por el periodista Menoscal Reynoso.
Peralta Romero anunció que desde el Poder Ejecutivo se está impulsando un proyecto de ley sobre libertad de expresión, medios audiovisuales y plataformas digitales. Esta iniciativa busca regular la libertad de expresión en todas sus manifestaciones, protegiendo los derechos relacionados con la comunicación social y el periodismo, de acuerdo con las normativas dominicanas sobre acceso a la información. Además, establece procedimientos administrativos y jurisdiccionales para proteger los derechos de todas las partes involucradas.
El proyecto de ley es el resultado de un amplio proceso de consulta pública dirigido por una comisión consultiva honorífica, integrada mediante el Decreto núm. 333-22 por un equipo plural de juristas y comunicadores. Su propósito es unificar criterios en torno a la regulación legislativa de la libertad de expresión, explicó.
Entre los elementos centrales de esta propuesta destacan la regulación del ejercicio de la libertad de expresión por cualquier medio, el reforzamiento de la prohibición de la censura previa, y la instrumentalización del acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.
Asimismo, se incluyen principios rectores como la no censura indirecta, la transparencia, la tolerancia a la crítica, el acceso universal, la diversidad y el pluralismo, el debido proceso, la equidad e inclusión en el lenguaje y la neutralidad de la red.
La ley también establecerá el derecho a la comunicación social, regulando aspectos como el acceso a las fuentes de información, los archivos informativos, los espacios pagados y la transparencia de la sociedad. Este derecho podrá ser ejercido tanto por personas naturales como jurídicas, de manera individual o colectiva, y sin necesidad de autorizaciones para fundar y mantener medios de comunicación e información.
Se regulará la figura de los directores de comunicación, quienes serán responsables del contenido de las publicaciones diarias o periódicas, así como de los programas de medios radiales, televisivos o digitales. Para ser director, se deberá ser mayor de edad, estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos y estar domiciliado permanentemente en República Dominicana.
La ley también abordará el ejercicio del periodismo conforme a la cláusula de conciencia y el secreto profesional. Las plataformas de contenido en internet quedarán sujetas a los derechos humanos, la transparencia y la rendición de cuentas, el debido proceso y la notificación, la desindexación y la responsabilidad. Por otro lado, la comunicación audiovisual se regirá por principios como el acceso universal y gratuito a la radio y televisión abierta, la diversidad y el pluralismo, el desarrollo de la industria dominicana de contenidos audiovisuales, los derechos de las audiencias, y la protección y promoción de los derechos de niños, niñas y adolescentes, así como la accesibilidad e inclusión de personas con discapacidad.
Además, se creará el Instituto Nacional de Comunicación (INACOM), un órgano regulador con autonomía funcional y financiera, integrado por un Consejo Directivo y una Dirección Ejecutiva. Sus resoluciones constituirán normas de alcance general, sujetas a publicidad y a los recursos administrativos y jurisdiccionales establecidos por la ley. Este nuevo ente reemplazará a la actual Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía.
Dijo que la aprobación de esta ley derogaría la Ley núm. 1951 de 1949, que creó la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, y la Ley núm. 6132 de 1962, de Expresión y Difusión del Pensamiento.
También se establecerán sanciones para la difamación y la injuria pública cometidas a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, en conformidad con la Ley núm. 53-07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología.
El 14 de junio de 2022, el Poder Ejecutivo sometió al Congreso Nacional un proyecto de ley contra la ciberdelincuencia para actualizar la Ley núm. 53-07. Sin embargo, este proyecto fue retirado para ser estudiado por la comisión consultiva creada mediante el Decreto núm. 333-22.
Esta comisión recomendó eliminar los artículos referentes a los ciberdelitos de discriminación, difamación e injuria, y la versión reintroducida en el Congreso el 3 de mayo de 2023 no los incluye.
Estos pasos legislativos son fundamentales para garantizar el ejercicio de la libertad de expresión en República Dominicana, país que, según el Índice Chapultepec 2023 de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), se encuentra en el cuarto lugar entre 22 países del continente americano con mayor libertad de prensa y expresión, explicó Peralta Romero.