La entidad de derechos de autor recurre la resolución, calificándola de "claramente errónea"
Madrid, 27 de junio de 2024 – La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 6,5 millones de euros a la Sociedad General de Autores y Editores de España (SGAE) por "falsear" la competencia y abuso de posición dominante. Además, la CNMC ha prohibido a SGAE contratar con la Administración Pública debido a estas prácticas anticompetitivas.
El expediente sancionador contra SGAE se inició tras denuncias de diversas entidades de derechos de autor que acusaban a SGAE de abuso de posición dominante mediante sus tarifas "planas" o por disponibilidad en los mercados de televisión y radio, así como por licenciar su repertorio con carácter universal. La CNMC decidió abrir un segundo expediente sancionador en enero de 2022, tras una nueva denuncia de la entidad Unison.
En su resolución del 19 de junio de 2024, la CNMC constató que SGAE había falseado la competencia, impidiendo la entrada de nuevos operadores en el mercado de licenciamiento a entidades de radiodifusión. El regulador ha señalado que SGAE incurrió en dos infracciones muy graves por abuso de posición dominante en los mercados de licenciamiento de obras musicales para servicios de comunicación audiovisual radiofónico y televisivo.
Detalles de las infracciones
La CNMC condenó a SGAE por el diseño y aplicación de tarifas planas de naturaleza anticompetitiva y por presentar su repertorio a los usuarios como universal, asegurando la indemnidad frente a reclamaciones de terceros. Estas prácticas dificultaron la entrada de nuevos operadores en el mercado y mantuvieron la posición dominante de SGAE.
Además de la multa económica, la CNMC ha instado a SGAE a cesar inmediatamente en las conductas infractoras. La prohibición de contratar con la Administración Pública será determinada por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
Reacciones de SGAE
En respuesta a la resolución, fuentes de SGAE han declarado a Europa Press que consideran las conclusiones de la CNMC "claramente erróneas" y anunciaron que interpondrán un recurso ante la Audiencia Nacional. SGAE argumenta que la Audiencia Nacional ya anuló una resolución previa de la CNMC en diciembre de 2023, donde se concluyó que la entidad no ostentaba una posición de dominio.
"Esta resolución ignora sus propios precedentes, puesto que la CNMC ya había validado en expedientes anteriores las tarifas de SGAE, sin observar que plantearan problemas de competencia", explicó un portavoz de SGAE. La entidad subraya que su oferta de una tarifa por disponibilidad es una obligación establecida en la Ley de Propiedad Intelectual y que se aplica a todas las entidades de gestión.
Argumentos de defensa
SGAE también destacó que las tarifas por disponibilidad son habituales en muchos sectores, como la telefonía y la televisión, y tienden a favorecer, abaratar y simplificar el uso de esos productos o servicios por los usuarios y consumidores. "El establecimiento y aplicación de una tarifa por disponibilidad no puede ser considerado una conducta constitutiva de abuso", señaló la entidad.
Respecto a la segunda práctica abusiva denunciada, SGAE mantiene que su base de datos de obras está permanentemente actualizada y accesible para que todos los operadores conozcan perfectamente qué obras forman parte de su repertorio y cuáles no. "SGAE sólo ofrece a los usuarios los derechos cuya gestión tiene encomendados, por lo que no es cierto que se atribuya la representación de repertorios de terceros", aclaró la entidad.
Impacto y futuro
La CNMC ha constatado los actos anticompetitivos de SGAE en el periodo 2016-2018 en el mercado 'aguas arriba' y desde 2019 hasta la actualidad en el mercado 'aguas abajo'. Esta sanción y prohibición de contratar con la Administración Pública representan un duro golpe para SGAE, que deberá replantear sus estrategias y prácticas comerciales para evitar futuras sanciones y recuperar su posición en el mercado.
Mientras tanto, el recurso anunciado por SGAE ante la Audiencia Nacional abrirá un nuevo capítulo en este caso, que seguirá siendo seguido de cerca tanto por la industria como por los reguladores y el público en general.