Ministerio Público logra acuerdo de condena para combatir la corrupción en San Cristóbal
El Ministerio Público logró condenar al exalcalde de San Cristóbal, Raúl Mondesí, y a tres de sus exfuncionarios por malversación de fondos durante su gestión entre 2010 y 2016. Mondesí fue sentenciado a seis años y nueve meses de prisión, además de una multa de 30 millones de pesos.
Este veredicto se alcanzó tras un acuerdo entre el Ministerio Público y las defensas, aprobado por el Tribunal Colegiado de San Cristóbal.
El Tribunal Colegiado de San Cristóbal ha condenado al exalcalde Raúl Mondesí y a tres exfuncionarios por malversación de fondos durante su gestión de 2010 a 2016.
La sentencia, producto de un acuerdo entre el Ministerio Público y las defensas, impone penas de prisión y multas significativas, reforzando la lucha contra la corrupción en el país.
Detalles de la sentencia
Mondesí, quien ya cumplió seis años de prisión domiciliaria, completará su condena con esta nueva sentencia.
Junto a Mondesí, el exsecretario general de la alcaldía, Bienvenido Araujo Japa, y el extesorero, Jesús Antonio Ferreira, fueron condenados a tres años de prisión, de los cuales cumplirán un año en arresto domiciliario y dos años en libertad condicional, con las condiciones impuestas por el juez de ejecución de la pena. Ambos deberán pagar una multa de 20 millones de pesos cada uno en beneficio del Estado dominicano.
El excontralor Pedro Cordero fue condenado a tres años de prisión suspendidos, por no informar a las autoridades de las irregularidades en el ayuntamiento, según el artículo 21 párrafo 4 de la Ley 176-02. Cordero cumplirá su sentencia bajo las condiciones establecidas por el juez.
Acusaciones y fundamentos legales
El Ministerio Público, representado por los procuradores fiscales José Miguel Marmolejos y Wagner Cubilete de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), acusó a los procesados de violar múltiples artículos del Código Penal dominicano.
Las acusaciones incluyen coalición de funcionarios, falsificación de documentos, uso de documentos falsos, prevaricación, desfalco, asociación de malhechores, y otros delitos relacionados con la corrupción y la malversación de fondos públicos.
Las sentencias se basaron en violaciones a los artículos 123, 145, 146, 147, 148, 166, 167, 169, 170, 171, 172, 175, 265 y 266 del Código Penal, además de diversas leyes y decretos relacionados con la administración pública, compras y contrataciones, y la seguridad social.