La violencia policial quedó grabada y difundida ampliamente en medios locales y extranjeros.
“La función esencial del Defensor del Pueblo es contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos establecidos en esta Constitución y las leyes, en caso de que sean violados por funcionarios u órganos del Estado…”, reza la Carta Magna.
¿Quién protege al que salvaguarda los derechos de los presentes en República Dominicana? Obligados estarían los actores del sistema de justicia, conforme a la Constitución y las leyes.
Empero, hay una enorme distancia entre el ser y deber ser y en la que se filtran circunstancias e intereses diversos.
Una coronela agrede al cabeza del órgano constitucional y luego de dos años y tres meses y mil maromas que dificultaron la investigación y medidas de coerción, su descarada exclusión del expediente que obligó a recursos legales para que una corte de apelación la reinsertara, un tribunal dicta 6 meses de prisión… suspendida. Sí, pero no.
Periodistas que acompañaron al Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa a una inspección en un centro de retención vehicular, también agredidos y retenidos y dañados instrumentos de trabajo, pese al mandato constitucional (Art. 49) que dispone “todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley”.
La violencia policial quedó grabada y difundida ampliamente en medios locales y extranjeros, sin que fuera suficiente para que la jueza Milagros Ramírez enviara a prisión a la coronela Ysabelita de los Santos, pese a que la declaró culpable de “agresión y rebelión en contra de la figura del Defensor del Pueblo, en violación de los artículos 209, 212 y 311 del Código Penal. Sus compañeras de agresión Geraldina de los Santos Peña y Marisol Vargas, quienes maltrataron física y verbalmente a los periodistas Lourdes Aponte Jones y Richard Alberto Peña, también recibieron similar beneficio, solo con la recomendación, para todas, de 20 horas de labor comunitaria y evitar la ingesta excesiva de alcohol. “Estricta”, ¿no?
Aunque el ministerio público entendió que se enviaba el mensaje adecuado con el hecho de la condena y muchos conformistas han opinado que “algo es algo”, hay que recordar que la indagación del Defensor del Pueblo fue motivada por una serie de reportajes del Listín Diario en el denominado “Canódromo”, al que definió como entramado mafioso bajo la sombrilla de la autoridad policial, con prácticas cuestionables de incautación, sustracción y ventas de piezas, y extorsión para la recuperación de las motocicletas y automóviles. Corrupción integral.
Ulloa, quien fue recibido por el presidente Abinader horas después de la agresión de abril del 2022, quien condenó el hecho y prometió sanciones, tras luchar contra numerosos obstáculos durante dos años, también asumió como válido el mensaje del tribunal de la obligación del respeto a la autoridad.
La protección de la coronela se evidenció fuerte, tras los reveses de los fiscales en lograr órdenes de prisión contra la oficial, quien quedó fuera del de fondo del proceso, junto a 4 de sus compañeros cuando lograron apertura a juicio en el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. Fueron procesados el sargento Nathanael Javier y Starling Ramírez Sierra, quien perdió el uniforme por reincidencia en agresiones.
La “condena” deja un mal sabor. Si ocurrió contra el funcionario que usa la placa 10 y dos periodistas, ¿qué hubiese pasado si fueren “hijos de vecinos”? ¿Pasaron situaciones similares o más graves infelices que reclamaron vehículos o motocicletas y que resistieron la extorsión? ¿A dónde iba gran parte del dinero de la corrupción denunciada? ¿Se resolvió definitivamente el problema?
Sería interesante hacer otras visitas…