Fueron puestos en libertad los principales sospechosos del asesinato de Paula Santana Escalante, una joven trabajadora de 23 años, descrita como muy aplicada y que estudiaba para ser azafata.
Su muerte conmocionó al país. Fue hallada sin vida, el 22 de febrero del presente año, en una de las alcantarillas de una empresa de zona franca, donde laboraba. El cuerpo fue encontrado semi desnudo de la cintura hacia abajo, lo que hace suponer que fue violada y después asesinada.
Las circunstancias de su muerte evidencian que se trató de un crimen violento. Las pruebas testimoniales indican que compañeros de labores la vieron por última vez alrededor de la 1:30 de la madrugada del miércoles 21 de febrero de 2024, cuando salió al baño y no la volvieron a ver.
Tras descubrirse el crimen surgieron algunos testimonios, como el ofrecido por su madre Johanny Escalante, de que ésta recibía acoso sexual desde hace tiempo por un compañero de trabajo aún sin identificar. Ella ya había llevado la queja de acoso a Recursos Humanos, pero no le hicieron caso. Es lo que ha dicho.
El acoso sexual resulta reiterativo en empresas públicas y privadas. Es una pandemia de nunca acabar, que preocupa. Se trata de una perversa conducta cultural que, muchas veces, induce a las mujeres a ceder el cuerpo a los acosadores, sobre todo si son sus jefes, para conservar el empleo; algunas prefieren dejar el trabajo y no involucrarse en placeres sexuales involuntarios.
Si el Ministerio Público desistió de la acción acusadora contra esas personas, que eran compañeros de trabajo de la víctima, es porque no cuenta con evidencias para procesarlos. Fue una correcta decisión. Peor hubiera sido incriminarlos con falsas pruebas para llevarlos ante un proceso penal, pues en todo momento bebe prevalecer el principio de la presunción de inocencia, hasta probar lo contrario. Por eso pidió archivar el caso.
El pasado 21 de agosto, el Tercer Juzgado de la Instrucción de Santo Domingo Este confirmó el “archivo provisional” del caso a solicitud del órgano acusador, amparándose en el artículo 281-4 del Código Procesal Penal, que permite engavetar un expediente de manera preliminar “cuando los elementos de las pruebas son insuficientes para fundamentar la acusación y no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos”, pero con la condicionante de reabrirlo..
El juez de la corte aduce que el órgano acusador, “al recibir los resultados de hisopado vaginal, anal y bucal de la víctima, encontró que no vinculan a los imputados, sino que más bien, los fluidos analizados coinciden solamente con los de la hoy occisa y que en cuanto al análisis de semen en su cuerpo resultó negativo”. Es decir, otra persona la eliminó.
Lo más práctico es que reabran el expediente, si surgieran nuevos elementos. Implica que los fiscales actuantes debieran seguir indagando hasta dar con el responsable del hecho debido a que se trata de un “archivo provisional”. ¿Lo reabrirán? Eso lo veremos.
Si no hay cargos penales contra los dos individuos liberados (no digo que sean culpables), ¿quién asesinó a Paula? Abusaron de ella, cuando tal vez se resistió a una relación sexual abusiva e indeseada.
Si perteneciera a un linaje social de alta gama, estoy seguro que, tal vez, el caso se aclararía con celeridad.
La investigación debe continuar hasta dar con el asesino. El responsable anda suelto. ¿Atrápenlo! Paula y su familia merecen justicia. Y la sociedad, una respuesta satisfactoria.
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