Procuraduría General sancionada por retención indebida de propiedades sin orden judicial
El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana emitió dos importantes sentencias en las que protege el derecho de propiedad, ordenando la devolución de bienes incautados sin autorización judicial.
En uno de los casos, el TC ordenó a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría Especializada de Medio Ambiente de la provincia Santo Domingo entregar una bocina Audio Max a su propietario, Francisco José Herrera del Orbe.
La decisión incluyó una sanción económica de mil pesos diarios por cada día de retraso en la entrega de la bocina, en un intento de asegurar el cumplimiento de la sentencia. El tribunal otorgó un plazo de 15 días para la devolución, a partir de la notificación.
Un precedente de protección al derecho de propiedad
Herrera del Orbe había interpuesto una revisión constitucional contra una sentencia previa de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, que había declarado improcedente su acción de amparo.
El equipo incautado, una bocina modelo 10-AX7-SNY210, Audio Max-809 IM, fue confiscado sin que existiera un proceso penal en su contra, lo que, según el TC, vulnera el derecho de propiedad y el debido proceso.
El máximo tribunal determinó que la Policía Nacional realizó prácticamente un allanamiento sin orden judicial y confiscó la bocina sin que esta estuviera vinculada a ningún ilícito penal. Los jueces sostienen que este tipo de acciones ilegales socavan los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Más incautaciones irregulares en la mira
En otra decisión relevante, el TC ordenó la devolución de dos vehículos incautados al empresario César Emilio Peralta, conocido como "El Abusador". Los vehículos, un Land Rover Range Vogue 2019 y un Mini Cooper John Cooper 2019, reclamados por la empresa AutoBox y el ciudadano Rafael Polanco Pérez, deberán ser entregados de inmediato a sus propietarios.
El Tribunal confirmó la sentencia de amparo emitida por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, que ordenaba la devolución de los vehículos retenidos por la Procuraduría General sin autorización judicial. Según el expediente, la retención de los vehículos violaba el derecho de propiedad, ya que no existía proceso penal en curso ni pruebas de que los automóviles estuvieran relacionados con actividades ilícitas.
Implicaciones para la Procuraduría General y la Dirección de Bienes Incautados
En ambas decisiones, el Tribunal Constitucional dejó claro que corresponde a un juez de instrucción autorizar la retención de bienes y que las autoridades deben actuar conforme a la ley. Tanto la Procuraduría General como la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados alegaron que la entrega de los vehículos fue ordenada sin pruebas de la propiedad de los mismos, pero el TC desestimó esos argumentos, subrayando la necesidad de respetar los derechos de los ciudadanos.
Estas sentencias representan un firme mensaje del TC en defensa de la legalidad y el debido proceso, sentando un precedente en la protección del derecho de propiedad en el país.