El agente disparó contra padre e hijo en medio de la multitud festiva falleciendo el último
La justicia se hizo sentir con fuerza en Santiago al condenar a 15 años de prisión al cabo Alejandro Castro Cruz, un miembro de la Policía Nacional que disparó contra el pequeño D.J.M.T., de 11 años, durante la celebración del carnaval en febrero de 2023.
El niño, inocente víctima de un acto criminal perpetrado en medio de la multitud festiva, murió en lugar de su padre, el objetivo del ataque.
El Primer Tribunal Colegiado de Santiago, integrado por los jueces Juan Carlos Colón, Claribel Mateo y Yasmín de los Santos, no dejó espacio a dudas: el acusado, lejos de actuar en cumplimiento de su deber, violó los protocolos y obligaciones de la institución a la que pertenecía, incurriendo en un abuso de poder y uso irresponsable de su arma de fuego.
El fiscal litigante Pedro Martínez presentó ante el tribunal un sólido caso, basado en múltiples evidencias periciales, materiales y testimoniales, desbaratando la defensa de Castro Cruz, que alegaba una excusa legal de provocación. Martínez expuso que el imputado, consciente del riesgo, manipuló su arma en una situación que no lo ameritaba, desencadenando el trágico desenlace.
“Por la sapiencia el acusado debió de saber que no podía sacar y manipular un arma en esas circunstancias porque por esa acción se produjo un hecho fatídico”, expresó el tribunal en su veredicto.
“La presunción de inocencia del procesado fue destruida por las pruebas presentadas”, sentenció el tribunal, refutando de manera contundente los argumentos de la defensa. Las circunstancias del caso dejaron en claro que Castro Cruz actuó con la intención de matar a Anthony Martínez, el padre de la víctima, y que el fatal disparo que alcanzó al menor fue consecuencia directa de su acción temeraria.
El tribunal subrayó la gravedad de la actuación del cabo, indicando que, por su preparación, debía saber que no podía manipular su arma en medio de la celebración. “Por la sapiencia el acusado debió de saber que no podía sacar y manipular un arma en esas circunstancias porque por esa acción se produjo un hecho fatídico”, expresó el tribunal en su veredicto.
La condena, fundamentada en los artículos 186, 295, 304 y 309 del Código Penal Dominicano, responde a los delitos de abuso de autoridad, golpes y heridas, así como homicidio voluntario. El fallo marca un precedente importante en la lucha contra la impunidad de los crímenes cometidos por quienes, en lugar de proteger, se convierten en verdugos de los ciudadanos.
La sentencia de 15 años de reclusión mayor contra Alejandro Castro Cruz es un recordatorio de que ningún uniforme, placa o arma otorga licencia para matar, y que la justicia dominicana, a pesar de los desafíos, puede hacer prevalecer la verdad y defender la vida de los más vulnerables, aún cuando la víctima sea un niño indefenso en medio de una fiesta popular.