Cambios significativos en la Carta Magna dominicana y sus implicaciones
SANTO DOMINGO.- La Asamblea Nacional Revisora ha culminado el proceso de aprobación de una nueva enmienda a la Constitución de la República Dominicana, tras obtener el visto bueno en segunda lectura. Esta modificación implica cambios en múltiples artículos, específicamente en los números 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274. La nueva enmienda entrará en vigencia una vez que sea firmada y proclamada por el Congreso Nacional.
Uno de los aspectos destacados de esta enmienda es la inclusión de un nuevo artículo, el 278, que establece que “ningún funcionario de elección popular podrá beneficiarse de una reforma constitucional durante su mandato, cuando esta verse sobre las reglas de postulación, elección y permanencia del cargo que ocupa”.
Esta disposición busca garantizar la equidad en el proceso electoral, evitando que los funcionarios aprovechen reformas que puedan beneficiar sus intereses personales.
Cambios Clave en la Constitución
Entre las modificaciones más significativas se encuentra la reducción de la matrícula de la Cámara de Diputados, que pasa de 190 a 170 miembros.
Asimismo, se modifica la denominación de varias instituciones y cargos, como el cambio del “Procurador General Administrativo” al “Abogado General de la Administración Pública” y la transformación de la “Procuraduría General Administrativa” en la “Oficina del Abogado General de la Administración Pública”.
Otro cambio crucial es el proceso de selección del Procurador General de la República, que anteriormente era designado por el presidente de la República. Con la nueva enmienda, este cargo será elegido por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), garantizando una mayor independencia en la gestión de este puesto, que ahora tendrá un periodo de inamovilidad de dos años.
Unificación de Elecciones y Candados Constitucionales
La enmienda también establece la unificación de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales para el periodo electoral de 2032. Esta medida busca simplificar el proceso electoral y fomentar una mayor participación ciudadana en las elecciones.
Uno de los aspectos más controvertidos son los “candados” propuestos para la elección presidencial. El nuevo artículo 278 introduce una cláusula pétrea al artículo 124 de la Constitución, impidiendo que el presidente electo en mayo de 2024 se presente nuevamente al mismo cargo o a la vicepresidencia.
Esto se complementa con un transitorio décimo que limita la reelección de presidentes anteriores, estableciendo que aquellos que hayan ocupado el cargo entre 2012 y 2016 no podrán volver a presentarse en futuras elecciones.
Además, se establece que en un plazo no mayor a siete legislaturas ordinarias, deben ser elaboradas y aprobadas todas las leyes necesarias para dar cumplimiento a esta reforma constitucional.
Implicaciones Futuras
La aprobación de esta enmienda es un paso significativo en la evolución del marco jurídico dominicano, ya que introduce cambios que buscan fortalecer la democracia y la transparencia en el ejercicio del poder. Sin embargo, la implementación de estas modificaciones dependerá de la disposición del Congreso Nacional y de los actores políticos involucrados.
Con estas reformas, la República Dominicana se encamina hacia un futuro donde se espera que la legalidad y la equidad prevalezcan en el ámbito político, garantizando un sistema más justo y representativo para todos los ciudadanos.