Diálogo entre altos tribunales es clave para evitar conflictos jurisdiccionales
Santo Domingo.-La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha emitido una sentencia trascendental que resalta la importancia del diálogo y la cooperación entre los altos tribunales del país. La sentencia de la Tercera Sala de ese alto tribunal tiene que ver con el tema de la competencia de los ayuntamientos en materia de uso de suelo.
Según la decisión SCJ-TS-24-1930, del 30 de septiembre de 2024, la línea que delimita las competencias entre los tribunales no siempre es clara, lo que hace necesario un mayor entendimiento entre estos organismos.
Clarificación de competencias
La sentencia subraya que la interpretación de las leyes ordinarias recae en la Suprema Corte de Justicia, mientras que la interpretación de la Constitución es responsabilidad del Tribunal Constitucional.
Esta diferenciación de roles fue clave para abordar un recurso de casación que cuestionaba las facultades de la Alcaldía y del Consejo de Regidores en relación con la emisión de permisos de uso de suelo.
Sentencias clave en la jurisprudencia
En la decisión se citaron dos sentencias previas del Tribunal Constitucional: la TC/0152/13 y la TC/0296/16, que establecieron criterios importantes sobre la competencia de las autoridades locales en la aprobación de permisos urbanísticos.
La sentencia subraya que la interpretación de las leyes ordinarias recae en la Suprema Corte de Justicia, mientras que la interpretación de la Constitución es responsabilidad del Tribunal Constitucional.
Estas resoluciones reiteran que la alcaldía, a través de su Oficina de Planeamiento Urbano, es la entidad facultada para resolver solicitudes de uso de suelo particulares.
Por su parte, el Consejo de Regidores solo tiene autoridad normativa y de fiscalización, con competencias para aprobar políticas y planes generales, pero no para emitir certificaciones de uso de suelo específicas.
Decisión y rechazo de recursos
En consecuencia, la Tercera Sala de la SCJ rechazó los recursos de casación presentados tanto por el Distrito Nacional como por la empresa Constructora Inmobiliaria Molina, SRL, y Jorge Serrano Noboa, estableciendo que la alcaldía tiene la autoridad exclusiva en este tipo de decisiones ejecutivas y técnicas, mientras que el Consejo de Regidores debe limitarse a aprobar normativas generales.
Impacto de la sentencia
Esta decisión es un precedente vinculante para futuras disputas sobre el uso de suelo, clarificando la competencia de los órganos municipales y evitando que entidades normativas interfieran en funciones ejecutivas.
La sentencia, emitida por un panel de jueces presidido por Manuel Alexis Read Ortiz, junto a los magistrados Manuel R. Herrera Carbuccia, Moisés A. Ferrer Landrón, Anselmo Alejandro Bello F. y Rafael Vásquez Goico, refuerza el orden institucional y administrativo en el manejo de los territorios urbanos.