Nuevas medidas facilitarán el cumplimiento fiscal y promoverán la transparencia en los negocios
El reciente Decreto 587-24, promulgado por el gobierno de la República Dominicana, establece un conjunto de normativas que profundizan la implementación de la facturación electrónica, marcando un avance en la modernización del sistema tributario del país.
El decreto, que modifica la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, busca no solo actualizar los mecanismos de control fiscal, sino también mejorar la eficiencia y transparencia en las transacciones comerciales, tanto para empresas grandes como pequeñas.
Con esta nueva normativa, el gobierno dominicano busca digitalizar el sistema tributario, promoviendo la competitividad de las empresas y mejorando la transparencia en los procesos fiscales. Al reducir costos operativos y agilizar el cumplimiento normativo, la República Dominicana avanza hacia un entorno económico más dinámico, alineado con las mejores prácticas internacionales en materia de recaudación y gestión empresarial.
Principales cambios introducidos por el Decreto 587-24
1. Obligación para nuevos inscritos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC):
Los nuevos contribuyentes que se inscriban en el RNC deberán incorporarse al sistema de facturación electrónica en un plazo de 120 días a partir de su registro, siempre que el plazo general para su grupo haya vencido. Esto significa que se establece un calendario claro para la adopción del sistema, que asegura una transición fluida y progresiva para todas las empresas, evitando complicaciones en la implementación.
2. Certificación simplificada para emisores electrónicos:
Uno de los puntos más destacados del decreto es la eliminación del requisito de estar al día con las obligaciones tributarias para obtener la certificación como emisor electrónico. Esta medida busca ampliar el acceso al sistema y evitar que empresas, especialmente las pequeñas y medianas, queden fuera del proceso por incumplimientos administrativos menores. Con esta flexibilidad, se espera que más negocios puedan adoptar rápidamente la facturación electrónica, lo que contribuirá a la formalización del sector y el aumento de la recaudación.
3. Restricciones en el uso del Facturador Gratuito:
El Facturador Gratuito, ofrecido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), queda limitado para aquellos contribuyentes que no utilicen proveedores externos de facturación. Además, se restringe el uso de esta herramienta a la emisión de 150 facturas mensuales, aunque sin establecer límites en el valor de las operaciones. Esta disposición asegura que el recurso esté disponible para pequeñas empresas o negocios de menor escala, fomentando su crecimiento sin incurrir en gastos adicionales para la adopción de la facturación electrónica.
4. Protocolo de contingencias en caso de fallos técnicos o de conectividad:
El decreto define dos tipos de contingencias que permiten a los emisores electrónicos continuar operando, incluso en situaciones de emergencia:
- Contingencia por falta de conectividad a internet: Si un contribuyente no puede enviar facturas electrónicas debido a problemas de conexión, podrá emitir los comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) en modo offline. Estos deberán enviarse a la DGII dentro de las 72 horas siguientes, y se deberá entregar al cliente una representación impresa con la leyenda “e-CF emitido en modalidad de Contingencia”.
- Contingencia técnica: Si un contribuyente no puede generar las facturas electrónicas por fallos en su sistema, podrá utilizar comprobantes fiscales no electrónicos por un periodo máximo de 15 días. Luego de este plazo, deberá reemplazar estos comprobantes por facturas electrónicas y notificarlas a la DGII.
5. Incentivos fiscales exclusivos para quienes utilicen facturación electrónica:
El decreto también introduce incentivos fiscales para las empresas que adopten la facturación electrónica de manera voluntaria. Aquellas que soliciten estos beneficios deberán emitir exclusivamente facturas electrónicas desde el momento en que reciban el incentivo. Este punto busca fomentar la adopción del sistema y premiar a los contribuyentes que cumplan con la normativa, diferenciando los montos de los incentivos según el tipo de contribuyente para asegurar equidad entre pequeñas y grandes empresas.
6. Transición del Registro Único de Ingresos (RUI) a la facturación electrónica:
Los contribuyentes que aún operan bajo el RUI podrán seguir utilizando este sistema hasta que se venza el plazo para su clasificación. A partir de ese momento, deberán adaptarse a la facturación electrónica, emitiendo facturas de consumo electrónicas para respaldar sus operaciones. Esto marca una etapa final en la transición hacia un sistema más moderno y eficiente que permitirá una mejor trazabilidad de las transacciones.
Ventajas para el sector empresarial y fiscal
Katerine Valdez, gerente general de Alanube, resalta que la eliminación de barreras como la obligatoriedad de estar al día en las obligaciones fiscales permitirá que más empresas se integren al sistema, lo que beneficiará especialmente a las pequeñas y medianas empresas (pymes). Estas, no solo podrán mejorar su operativa, sino que también accederán a un entorno de mayor transparencia y competitividad, alineándose con las mejores prácticas internacionales.
Por su parte, Manuel Vilchez, Country Manager de Alegra.com, enfatiza que la adopción de la facturación electrónica es una oportunidad clave para que las pymes modernicen sus operaciones, optimicen su gestión financiera y se beneficien de los incentivos fiscales que les permitirá potenciar su crecimiento.