Nunca antes como ahora estuvo el consumidor dominicano en mayor estado de indefensión.
Santo Domingo.- 2025 será un año muy recordado por el consumidor mundial porque es el año en el que Estados Unidos cerró la agencia de defensa del consumidor de su país. Es tambien el año en que la República Dominicana ha descuidado sus obligaciones concernidas al artículo 53 de la Constitución dominicana. Es decir, nunca antes como ahora estuvo el consumidor dominicano en mayor estado de indefensión, en primer lugar, porque un politiquero está al frente de Proconsumidor lo que implica que allí prevalece la politiquería sobre los derechos constitucionales del consumidor. Se trata de una gestion donde los empresarios y no el consumidor son quienes deciden la política que ejecuta ese organo.
Dicho de otro modo, allí se viola de manera sistemática la constitución. Más todavía, la indolencia ha llegado al grado, de que un expediente que había definido ya la prevalencia del derecho de consumo sobre otros derechos que, esperaba fallo en el Tribunal Constitucional, por simple descuido, fue fallado en contra pero, si hubo tiempo para conseguir que ese mismo alto tribunal, declarara conforme con la constitución, la escogencia de un director de Pro consumidor contrario a lo que dispone la ley. Este último fallo, muestra que hubo diligencia para legalizar la estancia del actual inquilino de este organo, más no lo hubo para defender los intereses de los consumidores ante esa alta corte. Es la politica del ratón cuidando el queso, es el juego democrático del capitalismo salvaje. Son los podereses salvajes quienes dirigen hoy Proconsumidor.
Ahora resulta que, el consumidor dominicano, se ha quedado sin ley, desde la perspectiva constitucional. Es decir, en buen derecho, en la práctica, ese organo, está tecnicamente cerrado desde el punto de vista legal, desde el punto de vista de la potestad sancionadora, en razón de que el TC, al evacuar una sentencia exhortativa, ha invitado al Congreso Nacional, a crear una nueva ley sobre los derechos del consumidor, por tanto, si no existe ley, no ha lugar a la existencia de Pro consumidor, porque la ley derogada por el legislador negativo era la que facultaba a Proconsumidor a actuar como organo administrativo regulador y sancionador. El principio de que la ley nueva modifica o deroga la ley vieja fue alli mancillado junto al principio de que donde hay constitución no puede prevaler la ley infra constitucional. No se quiso comprender que el legislador ordinario, si es que contaba con reserva de ley, la agotó con la promulgación de la Ley 166-12 que reitera la capacidad sancionadora de Pro consumidor.
Por tanto, en buen derecho, hoy en día, no hay organo regulador del sector consumo, lo cual se corresponde con la politica neoliberal del presente gobierno, el que, al igual que Donald Trump, ve con buenos ojos, el que ese organo haya quedado clausurado en la práctica por el legislador negativo como tributo a los poderes salvajes. Ante esta situación, quien allí pernocta, se mantiene como el avestruz gozando de las migajas suculentas que da detentar esa posición, sobre todo, pavoneandose por paises del área centroamericana, e incluso, por toda Europa, con dinero del contribuyente. Cosa que el capital aplaude y premia. Pero legalidad no tiene en sus actuaciones. O, lo que es igual, muy tarde se dio cuenta de que sus amos del sector empresarial, lo han dejado solo con el rol de bufón. No es la primera vez que hace el ridículo, ya oportunamente, el economista Haivanjoe Cortiñas, tuvo a bien limpiar un plató televisivo con esa figura del reformismo de las sombras.
Los precios suben sin control, los comerciantes han recurrido al agio y a la especulación sin control porque el órgano ha dejado de actuar con efectividad porque ese constitucionalista de pacotilla, se ha dejado seducir por voces interesadas, de acuerdo con las cuales, el principio de reserva de ley, es condición suficiente para que un derecho de rango constitucional, sea vapuleado por los sectores retrogrados del capitalismo salvaje que aun impera en RD. Cuando en verdad, donde hay constitución no hay lugar a aplicar el principio de legalidad. Esto es así, desde la sentencia Madison versus Marbury de 1803.
Más todavía, el legislador constitucional al aprobar el artículo 138 de la constitución, lo hizo asumiendo, en principio que, nada tiene este que ver con el principio de legalidad, viejo axioma propio del Estado legislador, donde la prioridad eran los derechos de primera generación; en cambio, bajo el Estado social, la primacia la tienen los derechos de tercera generación. De modo que cuando colisiona un principio de primera generaión bajo un esquema caracterizado por la existencia del Estado social y democrático de derecho, ha de prevalecer el derecho de tercera generación. es la teoría de los principios móviles, esto lo ha dicho y repetido el TC alemán y, muy particularmente, Robert Alexy, quien a juicio de no pocos, es mejor doctrinario que ciertos juristas del patio, como algunos de la madre patria. Claro, quien adoctrina domina, dice el dicho medieval y en el patio, la voz del más fuerte domina. Pero esto no significa que tengan razón.
Lo lamentable es, que, el derecho del consumo, el cual recibió su primer golpe de Estado cuando fue derrocado el gobierno de Bosch en 1963, hoy en día esté de nuevo siendo victima de un golpe de estado constitucional, gracias a la incursión de poderes salvajes y funcionarios genuflexos. Pero nada de esto, les da calidad moral para seguir incurriendo en barrabasadas e ilegalidades. O, mejor dicho, que ante su torpeza, pretendan resolver sus propias incompetencias, lanzando piedras a quienes cabalgan con dignidad y la frente en alto. Quien se vende por 30 monedas no es maestro, es un juda. Quien mal acompañado anda, no puede pretender que se le asuma como digno, sino como un vencido sin ir a la guerra. Es decir, como esclavo de sus pasiones, de sus palabras y de sus inacciones. De sus intereses politiqueros. DLH-10-3-2025