Sentencia reafirma derechos electorales de los residentes de Costa Verde
El Tribunal Superior Electoral (TSE) emitió la sentencia TSE/0004/2025, en la que ordena a la Junta Central Electoral (JCE) garantizar el derecho al voto de los residentes de la urbanización Costa Verde dentro de la Circunscripción 1 del Distrito Nacional.
Fallo clave del Tribunal
La decisión surge tras una acción de amparo presentada el 21 de marzo de 2025 por Nelson Enrique Ventura Javier, Luis Manuel Puché Cordero, María Fernanda Pérez Rivas y Aquiles de Jesús Machuca González. Los demandantes argumentaron que la JCE no había asignado colegios electorales en Costa Verde, afectando su derecho constitucional de elegir y ser elegidos.
El tribunal rechazó los argumentos de la JCE que intentaban desestimar la acción y, en su decisión, ordenó la inclusión de los ciudadanos de Costa Verde en los colegios electorales existentes o la creación de nuevos en la urbanización.
Base legal y ratificación del estatus de Costa Verde
La sentencia se fundamenta en los artículos 58, 59 y 90 de la Ley 20-23 y en el artículo 2 de la Ley 163-01, que establece que Costa Verde pertenece al Distrito Nacional. Además, el fallo hace referencia a la sentencia TC/0172/23 del Tribunal Constitucional, que ratifica esta jurisdicción.
Implicaciones y próximos pasos
Con esta decisión, la JCE está obligada a cumplir la orden del TSE para garantizar la participación electoral de los residentes de Costa Verde. La comunidad, que ha estado luchando por el reconocimiento de su estatus legal, ha recibido la noticia con optimismo.
El TSE también ordenó la publicación de la sentencia en su portal institucional y en el Boletín Contencioso Electoral, asegurando su difusión oficial.
Esta decisión refuerza el marco legal que define a Costa Verde como parte del Distrito Nacional y representa una victoria para sus residentes en su lucha por el reconocimiento de sus derechos cívicos.